Este es un documento de trabajo comisionado a Mayra Tenjo y a un equipo técnico del Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, por lo tanto, representa una investigación en curso, sujeta a actualización y modificaciones y abierta a proposiciones y comentarios del público a quien se le dio a conocer el presente texto. De igual forma, es de señalar que el presente documento representa las opiniones propias de los autores.

 

 

 

DICIEMBRE 2021

 

 

Balance de la implementación del Capítulo Étnico en el Chocó

A los 5 años de la firma del Acuerdo de Paz

 

Contenido

Presentación. 4

Siglas. 5

Resumen Ejecutivo. 6

Introducción. 9

Primera parte: La Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó y su articulación con el Capítulo Étnico. 11

Segunda Parte: Balance del cumplimiento del Capítulo Étnico y el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. 15

Balance de la implementación de las salvaguardas del Capítulo Étnico  15

La Consulta Previa Libre e Informada. 17

Derecho a la objeción Cultural 18

Progresividad y no regresividad. 19

Enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación. 20

Balance de la implementación del Capítulo Étnico en los Puntos del Acuerdo de Paz  22

Punto 1. Reforma Rural Integral, RRI 24

Punto 2. Participación Política: apertura democrática para construir la paz. 32

Punto 3. Fin del Conflicto. 37

Punto 4. Solución al problema de drogas de uso ilícito. 42

Punto 5. Acuerdo de las víctimas del conflicto armado. 46

Punto 6. Implementación, verificación y refrendación. 50

Tercera Parte: Conclusiones y hallazgos. 54

Conclusiones. 54

Hallazgos. 55

Bibliografía. 58

 

Índice de Tablas

Tabla No. 1 Componentes estratégicos de la Agenda regional e interétnica de Paz para el Chocó y su articulación con el Capítulo Étnico 14
Tabla No. 2 Evaluación de la implementación de las salvaguardas del Capítulo Étnico 16
Tabla No. 3 Unificación del balance de la implementación del Acuerdo de Paz 23
Tabla No. 4 Balance de la implementación Punto Uno (1) sobre Reforma Rural Integral, RRI 25
Tabla No. 5 Balance de la implementación Punto Dos (2) sobre Participación Política 34
Tabla No. 6 Balance de la implementación Punto Tres (3) sobre Fin del Conflicto 38
Tabla No. 7 Balance de la implementación – Punto 4 Solución al problema de drogas de uso ilícito 43
Tabla No. 8 Balance de la implementación – Punto Cinco (5) sobre acuerdo de las víctimas del conflicto armado 47
Tabla No. 9 Balance de la implementación – Punto seis (6) sobre Implementación, Verificación y Refrendación 51

 

Índice de Gráficos

Gráfico No. 1 Iniciativas de paz territorial en el Chocó 12
Gráfico No. 2 Salvaguardas del Capítulo Étnico 16
Gráfico No. 3 Enfoque étnico en el Acuerdo de Paz 22
Gráfico No. 4 Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Uno (1) del Acuerdo de Paz 24
Gráfico No. 5 Iniciativas PDET Subregión Chocó, distribución de las 2027 iniciativas por subregión y departamento. 30
Gráfico No. 6 Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Dos (2) del Acuerdo de Paz 34
Gráfico No. 7 Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Tres (3) del Acuerdo de Paz 37
Gráfico No. 8 Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Cuatro (4) del Acuerdo de Paz 42
Gráfico No. 9 Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Cinco (5) del Acuerdo de Paz 47
Gráfico No. 10 Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto seis (6) del Acuerdo de Paz 51
Gráfico No. 11 Creación de la IEANPE 53

 

 

 

Presentación

El presente informe, tiene como propósito fundamental exponer el balance general de la implementación de cada uno de los puntos del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito en el año 2016 por el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo, FARC-EP, bajo el análisis de la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó. Los resultados obtenidos del presente informe, serán un insumo técnico para el trabajo estratégico, político y de comunicación del Foro Interétnico Solidaridad Chocó, en adelante FISCH, ya que propone desarrollar un proceso de diálogo y articulación entre las diferentes instituciones de Estado, organismos internacionales, diversos sectores sociales, pueblos étnicos y comunidades con el objetivo de seguir caminando conjuntamente en la construcción de la tan anhelada paz estable y duradera en el departamento del Chocó y para el país.

 

La Agenda Regional e Interétnica para la Paz en el Chocó fue una apuesta conjunta de las organizaciones sociales y étnico territoriales del departamento, encabeza del FISCH, contó con el acompañamiento de las diócesis de Quibdó, Apartadó e Istmina-Tadó, surgió en el año 2006, posterior al reconocimiento del Premio Nacional de Paz y anterior a la firma del Acuerdo de Paz; el proceso de construcción de la Agenda finalizó en el 2015.

 

Su construcción se hizo de manera colectiva, participativa e incluyente; recogió las cosmovisiones y aspiraciones de los pueblos étnicos, su objetivo político fundamental fue la protección de las comunidades vulnerables, desarraigadas o en riesgo de desplazamiento que hacen frente a las difíciles situaciones que tienen como origen los conflictos sociales y armados en el departamento del Chocó.

 

El presente informe fue realizado por el FISCH, desde su surgimiento en el año 2001 adelanta esfuerzos para analizar y advertir de la importancia de los Acuerdos de Paz y su cumplimiento, en relación con el impacto desproporcionado del conflicto armado con los pueblos étnicos del Chocó.

 

La misión del FISCH es clara, al ser el espacio de coordinación inter organizativo de comunidades negras, indígenas, mestizas, sociales, de jóvenes, mujeres, rurales y urbanas, se plantean alternativas de superación de los conflictos sociales y armado, para la construcción de condiciones de vida con dignidad para las comunidades que conforman los consejos y organizaciones de las cinco subregiones del Chocó: Baudó, San Juan, Alto y Medio Atrato, Bajo Atrato – Darién y la Costa Pacífica.

 

En la primera parte de este documento se presenta la articulación de la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó y el Capítulo Étnico, la segunda parte hace el balance del cumplimiento del capítulo étnico con base en las salvaguardas y en cada uno de los seis puntos del Acuerdo de Paz, posteriormente se encuentra las conclusiones y recomendaciones.

 

 

 

 

Siglas

AICMA Acción Integral Contra Minas Antipersonal
ARN Agencia para la Reincorporación y la Normalización
CENPAZ Coordinación Étnica Nacional de Paz
CEV La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición
CFHBD Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo
CI Componente Internacional
CNGS Consejo Nacional de Garantías de Seguridad
CNR Consejo Nacional de Reincorporación a cargo del tránsito de las FARC-EP a la vida civil
CNRC Consejo Nacional de Reconciliación y Convivencia
CONPA Consejo Nacional de Paz Afrocolombiano
COCOMACIA Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Atrato
CSIVI Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación
CSIVI Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la implementación del Acuerdo Final
CTEP Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz
DA Dejación de Armas
DESCA Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
ELN Ejército de Liberación Nacional
ETCR Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación
FARC-EP Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo
FISCH Foro Interétnico Solidaridad Chocó
FISO Formulario de Inscripción de Sujetos de Ordenamiento
IEANPE Instancia Especial de Alto Nivel para Pueblos Étnicos
IEANPE Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos
INDEPAZ Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz
JEP Jurisdicción Especial para la Paz
JEP Jurisdicción Especial para la Paz
MEC Mecanismo Especial de Consulta
PAI Plan de acción Inmediata
PAT Planes de Acción Territorial
PATR Plan de Acción para la Transformación Regional
PCN Proceso de Comunidades Negras
PDET Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial
PISDA Planes Integrales comunitarios y municipales de Sustitución y Desarrollo Alternativo
PISDA Planes Integrales de Sustitución y Desarrollo Alternativo
PIRC Plan Integral de Reparación Colectiva
POSPR Planes de Ordenamiento Social de la Propiedad
PMI Plan Marco de Implementación
PNIS Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito
PNIS Plan Nacional Integral de Sustitución
PTN Puntos Transitorios de Normalización
PTN Puntos Transitorios de Normalización
RESO Registro de Sujetos de Ordenamiento
RRI Reforma Rural Integral
RTVC Radio Televisión Nacional de Colombia
SAT Sistema de Alertas Tempranas
SNARIV Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas
SISEP Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política
SIIPO Sistema Integrado de Información para el Posconflicto
SIVJNR Sistema Integral de Verdad Justicia Reparación y No Repetición
SIVJRNR Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición
SRC Sujetos de Reparación Colectiva
UARIV Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas
UBPD Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas
UBPD Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas
UNDOC Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito
ZVTN Zonas Veredales Transitorias de Normalización

 

Resumen Ejecutivo

El Chocó, también conocido como la Ecorregión Chocó–Darién, es uno de los treinta y dos departamentos de Colombia, localizado al noroeste del país, hace parte de la región denominada Pacífico colombiano y de la zona de Reserva Forestal del Pacífico. El Chocó es conocido por la amplia diversidad étnica y ambiental, está distribuidos en 5 regiones: Atrato, San Juan, Pacífico Norte, Baudó (Pacífico Sur) y Darién, este territorio de gran diversidad étnica, tiene una población cercana a los 550 mil habitantes de los cuales el 87% de la población es afrodescendiente, 10% indígena y 3% mestiza.

La exclusión social y el racismo estructural que vive el Chocó, tiene profundas raíces históricas, son el resultado del abandono, la corrupción estatal y la implantación de instituciones político-administrativas que tienen una visión netamente extractivista y rapaz por los recursos que, han sido entregados a empresarios de grandes multinacionales o poderosas familias nacionales. Situación que se agrava por el enclave de una guerra fomentada por grupos armados que se disputan el control territorial, son casi cuatro décadas de conflicto con fuertes violaciones de los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, DIH, con los pueblos étnicos que sufren desalojos, tomas armadas, desarraigos, desplazamientos, confinamientos forzados, masacres, entre otros vejámenes de la guerra.

Aun en medio de estas circunstancias, el Chocó también se caracteriza por la fuerza y la lucha de los procesos organizativos de los pueblos étnicos, la construcción de la Agenda regional e interétnica del Chocó que, se realizó mucho antes de la firma del Acuerdo de Paz final entre el Gobierno y las FARC-EP, además de la elaboración del Acuerdo Humanitario ¡Ya en el Chocó!, fueron elaboradas por las organizaciones étnico territoriales y sociales del Chocó, en la búsqueda de establecer varias rutas para alcanzar la paz con la participación amplia e incluyente de todos sus pobladores.

El balance aborda tres partes: la primera parte hace un análisis sobre la articulación entre la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó y su relacionamiento intrínseco con el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz; la segunda parte hace el ejercicio de balance del cumplimiento del Capítulo Étnico y el Acuerdo Final de Paz en la implementación de las salvaguardas y en cada uno de los puntos parte del capítulo étnico y el Acuerdo de Paz; y finalmente la tercera parte recopila las conclusiones, los hallazgos y las recomendaciones del presente balance.

El informe principalmente es resultado de un análisis cualitativo que presenta los resultados a través de tres variables de implementación: i) sin ninguna evidencia, ii) baja, y iii) mediana; tiene la finalidad de ser una herramienta para generar espacios de diálogo e interlocución con los gobiernos municipales, el gobierno departamental del Chocó y el nacional, así como con organizaciones sociales y organismos internacionales locales, nacionales, con ellos buscaremos encontrar los caminos para que la paz se haga realidad y se afiance en el territorio del Chocó y en el país.

De las conclusiones prioritarias del balance se resaltan:

Para el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, como plataforma de organizaciones étnico territoriales y de la sociedad civil y organizada del Chocó, considera muy poco el avance en materia de implementación y verificación, dado que la mayoría de las salvaguardas, metas e indicadores no cuentan con una ruta definida que proyecte su cumplimiento, esto genera una exacerbación del conflicto armado que se vive en el territorio del Chocó, lo que genera una responsabilidad directa del Estado colombiano y el gobierno actual frente a la infracción de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

El presente balance de implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz en el departamento del Chocó, tuvo en cuenta las salvaguardas y los seis puntos, como resultado se tienen evaluadas, las cuatro salvaguardas y 11 metas, el 60% de éstas se encuentran sin ninguna evidencia en su implementación, el 20% tienen una baja certeza en su implementación y en el otro 20% se encuentra una mediana demostración de implementación, cabe resaltar que no existe alguna meta que haya recibido la calificación de completa implementación.

Las cuatro salvaguardas del Capitulo Étnico entendidas como los aspectos substanciales para la interpretación e implementación de todo el Acuerdo Final de Paz, tres de ellas presentan un balance sin ninguna evidencia de implementación, y una de ellas se encuentra en estado de implementación baja, los resultados de este balance en cuanto a las salvaguardas evidencian que existe un alto riesgo de regresividad de los derechos colectivos alcanzados, por lo tanto, se genera una alerta inminente para que los gobiernos municipales, el departamental en Chocó y el nacional inicien la ruta del cumplimiento, teniendo como base los aspectos substanciales del Capítulo Étnico.

Los puntos 1, 5 y 6, correspondientes a la Reforma Rural Integral, el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR, y la IEANPE, son las metas atribuibles a la calificación mediana. Es preocupante que los puntos 2, 3 y 4 que comprenden la participación política, el fin del conflicto y solución al problema de drogas de uso ilícito respectivamente, se encuentren sin ninguna evidencia en su implementación.

De los hallazgos encontrados en el balance se resaltan los siguientes:

Salvaguardas. Los informes gubernamentales y no gubernamentales que recogen acciones relacionadas con el derecho a la Consulta y Consentimiento Previo, Libre e Informado de los pueblos étnicos, el Derecho a la Objeción Cultural y el principio de progresividad y no regresividad, no registran evidencias de la implementación , esto genera una exacerbación del conflicto armado que se vive en el territorio del Chocó, lo que genera una responsabilidad directa del Estado colombiano y el gobierno actual frente a la infracción de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

Salvaguardas. El enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación, en el caso particular, el capítulo étnico y los seis puntos del Acuerdo de Paz incluyen medidas los seis puntos del Acuerdo. Sin embargo, se tiene una baja evidencia de la implementación étnica en perspectiva de género, dado que no se tienen datos cualitativos o cuantitativos concretos que corroboren avances significativos en el departamento del Chocó, en ese sentido, se observa un vacío en cuanto a la implementación de esta salvaguarda.

Punto 1. En el Chocó el acceso de tierras colectivas tiene pendiente las solicitudes realizadas por los Consejos Comunitarios Vuelta Mansa y Santo Domingo, desde los años 2013 y 2014, por cerca de 2800 hectáreas.

Punto 1. En relación con la resolución de conflictos territoriales en el Chocó la implementación es inexistente, incluso puede apreciarse regresividad, dado que el principal conflicto territorial sigue asociado a la guerra ya que después de la firma del Acuerdo de Paz.

Punto 1. La implementación del catastro multipropósito en el Chocó, el balance es bajo ya que no se registran mayores avances, aunque fueron incorporados como parte de una iniciativa regional en el marco del Plan de Acción para la Transformación Regional, parte del PEDET Chocó.

Punto 1. El balance de la implementación para el PDET Chocó es medio, sí bien es cierto que las comunidades participaron en la fase de concertación de la ruta étnica y construcción de los pactos comunitarios y municipales, no sucedió así en el proceso de priorización para el periodo 2020-2021, realizada entre los gobiernos territoriales y la ART sin un proceso de participación real con las comunidades y autoridades étnicas involucradas.

Punto 2. Los espacios de partición tienen un balance sin ninguna evidencia de implementación, ya que no se muestran avances en las garantías para la participación política y la protección de líderes y lideresas con enfoque étnico, por parte del Estado en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz y el Capítulo Étnico, lo cual se debe en gran medida al poco avance general de la implemen­tación del punto dos. En relación con la protección de líderes y lideresas hay una fuerte alerta y se manifiesta regresividad, debido al aumento del asesinato de líderes y lideresas sociales del país, en particular de las comunidades étni­cas. En datos del Observatorio de DDHH, Conflictividades y Paz, del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, INDEPAZ, en el Chocó en lo corrido del año 2021, han sido asesinados diez (10) líderes y líderesas étnicos, siete (7) corresponden a indígenas y tres (3) afrodescendientes.

Punto 3. No existe evidencia de la construcción e implementación de una política de reincorporación efectiva que incluya el enfoque étnico y de género, como lo establece el Acuerdo Final, esto aplica a nivel nacional y para el departamento del Chocó. En relación con las garantías de seguridad y protección, no existe ninguna evidencia en la implementación para los pueblos étnicos, por el contrario, existe una máxima alerta de regresividad, entre ellos los territorios del departamento del Chocó, lo que debilita los esquemas de seguridad brindados a los pueblos étnicos.

Punto 4. La meta de este punto del Acuerdo de Paz, se considera sin ninguna evidencia, debido al actual estancamiento en la implementación de los PNIS, esto se atribuye principalmente a la poca voluntad política del actual gobierno nacional, ya que ha preferido por distintas vías seguir priorizando y posicionando en el debate la erradicación forzosa y la fumigación por aspersión aérea con glifosato. El Foro Solidaridad Chocó – FISCH considera que la problemática de drogas ilícitas ha sido un factor fundamental en las dinámicas del conflicto armando en las 5 subregiones del departamento del Chocó. El cultivo, la producción y comercialización de la coca ha sido una fuente de financiación de grupos armados ilegales y de organizaciones criminales. La guerra contra las drogas ilícitas es fuente inminente de riesgo y amenaza para el goce efectivo de los derechos colectivos e individuales de los pueblos étnicos.

Punto 5. El balance de la implementación es mediano, ya que, aunque las entidades que componen el SIVJRNR han avanzado en el cumplimiento de la salvaguarda para respetar el ejercicio de las autoridades étnicas dentro de su ámbito territorial. Sin embargo, luego de un minucioso seguimiento al cumplimiento de los mecanismos establecidos en el SIVJRNR, el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, observa un importante rezago en la materialización de los derechos de las víctimas en las 5 subregiones del Departamento del Chocó, en ese sentido, el FISCH considera que, la debida aplicación del Plan Marco de Implementación del Acuerdo de Paz generaría las vías adecuadas que permitirían subsanar las deficiencias institucionales en la garantía del Goce Efectivo de Derechos de las víctimas étnicas, convirtiéndose en un mecanismo de confianza y gobernabilidad democrática en los territorios.

Punto 6. El nivel de la implementación del Capítulo Étnico es bajo, debido que después de cinco años de firmado el Acuerdo de Paz, el 50% de las disposiciones bajo la visión étnico no ha iniciado y el 31% se mantiene en un estado de implementación mínima, es decir que, más del 80% de los compromisos pactados en el capítulo Étnico no se ha cumplido. De otro lado, la IEANPE es calificado con un estado de implementación mediano, aunque desde su creación ha contado con muchas dificultades para su funcionamiento, al no contar con las garantías suficientes para el ejercicio de su labor.

Introducción

El Chocó, también conocido como la Ecorregión Chocó–Darién, es uno de los treinta y dos departamentos de Colombia, localizado al noroeste del país, hace parte de la región denominada Pacífico colombiano y de la zona de Reserva Forestal del Pacífico. El Chocó es conocido por la amplia diversidad étnica y ambiental en las selvas del Darién, las cuencas de los ríos Atrato y San Juan y las costas de los océanos Pacífico y Atlántico[1], se identifica como la ecorregión con mayor pluviosidad del planeta, es el único departamento de Colombia que posee dos costas ubicación geoestratégica que facilita la comunicación y el tránsito con Centro y Sur América, posee una extensión de 46.530 km2, lo que equivale al 4.07% del total de extensión de Colombia, representa casi el tamaño de República Dominicana.

El departamento está conformado por 30 municipios distribuidos en 5 regiones: Atrato, San Juan, Pacífico Norte, Baudó (Pacífico Sur) y Darién, este territorio de gran diversidad étnica, tiene una población cercana a los 550 mil habitantes de los cuales el 87% de la población es afrodescendiente, 10% indígena y 3% mestiza, gran parte de la población tiene prácticas de economía tradicional y ancestral de una agricultura de subsistencia con cultivos de plátano, banano, coco, cacao, arroz y otros productos autóctonos como el borojó, chontaduro, papa china y palmito.

En su composición, el 96% de la superficie continental está constituida por territorios colectivos de 600 comunidades negras, agrupados en 70 Consejos Comunitarios mayores que poseen cerca de tres millones de hectáreas tituladas y 120 resguardos indígenas de las etnias Embera-Dóbida, Embera-Katío, Embera-Chamí, Wounan y Tule, la ubicación de territorios colectivos se encuentra en 24 de los 30 municipios del Chocó; el 4% restante está habitado por población campesina mestiza.

La exclusión social y el racismo estructural que vive el Chocó, tiene profundas raíces históricas, son el resultado del abandono, la corrupción estatal y la implantación de instituciones político-administrativas que tienen una visión netamente extractivista y rapaz por los recursos de madera, oro, plata, platino, la implementación de megaproyectos y agroindustria que, han sido entregados a empresarios de grandes multinacionales o poderosas familias nacionales; entonces puede afirmase que las políticas nacionales, departamentales y locales implementadas en el Chocó han empobrecido y generado una desigualdad profunda para la población étnica, es decir “guerra vino de afuera”.

El Chocó presenta índices de pobreza extrema del 48.7%, las Necesidades Básicas Insatisfechas, NBI, se encuentran en el 82.8%, el más alto del país, en correspondencia tiene el indicador más bajo en calidad de vida del país con el 58% frente al promedio nacional; lo anterior ha generado un conflicto social muy fuerte, debido a todas las carencias por las que atraviesan las comunidades a nivel de salud, educación, servicios públicos, situación que se agrava por el enclave de una guerra fomentada por grupos armados que se disputan el control territorial, como consecuencia, los pueblos étnicos afrodescendientes e indígenas se encuentran atrapados en el fuego cruzado.

Son casi cuatro décadas de conflicto con fuertes violaciones de los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, DIH, con los pueblos étnicos (desalojos, tomas armadas, desarraigos, desplazamientos, confinamientos forzados, masacres, etc), varios informes identifican las dinámicas del conflicto armado en el departamento con la incursión de los actores armados en la década de los 80, desde entonces hasta la fecha, se ha recrudecido en conflicto con cerca de ocho grandes estructuras de actores armados que se registran en la región: Autodefensas Unidas de Colombia – AUC, Estructuras pos desmovilización AUC, Estructuras pos desmovilización FARC, Movimiento guerrillero 19 de Abril – M-19, ELN, FARC-EP, Ejército Revolucionario Guevarista y Bandas Criminales.

Aun en medio de estas circunstancias, el Chocó también se caracteriza por la fuerza y la lucha de los procesos organizativos de los pueblos étnicos, que han logrado mediante la exigencia y la resistencia, cambios a nivel legislativo e institucional que reconocen sus derechos colectivos. Las autoridades étnico-territoriales de los Consejos Comunitarios y los Resguardos Indígenas han generado importantes aportes acerca de lo que significa la Paz y propuestas concretas para caminar hacia ella.

Caso de ello se evidencia en la construcción de la Agenda regional e interétnica del Chocó que, se realizó mucho antes de la firma del Acuerdo de Paz final entre el Gobierno y las FARC-EP, además de la elaboración del Acuerdo Humanitario ¡Ya en el Chocó!, fueron elaboradas por las organizaciones étnico territoriales y sociales del Chocó, en la búsqueda de establecer varias rutas para alcanzar la paz con la participación amplia e incluyente de todos sus pobladores. El posterior proceso del Acuerdo Final de Paz, marca un hito histórico en materia de reconocimiento de derechos para los pueblos étnicos, además del logro obtenido con la incorporación del Capítulo Étnico.

El Acuerdo Final de Paz, firmado en el año 2016 entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, también incluyó el trabajo de los movimientos étnicos y sociales, de esta manera se logró incluir el reconocimiento de los pueblos étnicos y su contribución en la construcción de una paz sostenible y duradera, al progreso, al desarrollo económico y social del país, y que han sufrido condiciones históricas de injusticia, producto del colonialismo, la esclavización, la exclusión y el haber sido desposeídos de sus tierras, territorios y recursos y que además han sido afectados gravemente por el conflicto armado interno, lo anterior es resultado de la lucha y exigencias de los pueblos étnicos como actores políticos en el proceso de paz, que contiene unas consideraciones, unos principios y unas salvaguardas y garantías sustanciales.

En el camino de la construcción de paz, el reconocimiento es a la fortaleza y dignidad con la que las organizaciones étnico territoriales hemos defendido y promovido por décadas la paz en el Chocó y en el país, hoy es nuestro deber y responsabilidad como Foro Interétnico de Solidad Chocó, FISCH, entregar el balance de la implementación del Capítulo Étnico en el Chocó a los 5 años de la firma del Acuerdo de Paz, aunque los resultados del balance puedan no ser tan alentadores, confesamos que los pueblos étnicos somos completamente perseverantes y seguiremos por este camino de la paz, en defensa de cualquier forma de vida, la dignidad humana y el respeto por la diversidad étnica y cultural en el Chocó.

En presente informe abordan tres partes, como se describe a continuación: la primera parte hace un análisis sobre la articulación entre la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó y su relacionamiento intrínseco con el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz; la segunda parte hace el ejercicio de balance del cumplimiento del Capítulo Étnico y el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en dos subtemas, el análisis sobre la implementación de las salvaguardas y el estudio sobre la implementación en cada uno de los puntos parte del capítulo étnico y el Acuerdo de Paz; y finalmente la tercera parte recopila las conclusiones, los hallazgos y las recomendaciones del presente balance.

El presente balance de implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz en el departamento del Chocó, tuvo en cuenta las salvaguardas y los seis puntos, como resultado se tienen evaluadas 15 metas, las cuales fueron seleccionas por el equipo del FISCH determinando según su nivel de prioridad para las comunidades en el Chocó, debe tenerse en cuenta que en este balance no se incorporan la totalidad de las metas trazadoras establecidas en el PMI para el enfoque étnico.

Los resultados del seguimiento a la implementación y los hallazgos del presente informe, tienen la finalidad de ser una herramienta para generar espacios de diálogo e interlocución con los gobiernos municipales, departamentales y el nacional, así como con organizaciones sociales y organismos internacionales locales, nacionales, con ellos buscaremos encontrar los caminos para que la paz se haga realidad y se afiance en el territorio del Chocó y en el país, esto se hará a través de las políticas públicas, la gestión y ejecución del capítulo étnico del Acuerdo Final de Paz.

La metodología del presente balance incorpora fuentes primarias y secundarias de información de las diferentes instituciones y organizaciones encar­gadas y que hacen seguimiento a la implementación, para el seguimiento de la implementación del Capítulo Étnico, del Plan Marco de Implementación, PMI; se seleccionaron algunas de metas clave y los indicadores formulados, como herramienta para medir el avance de la implementación.

El informe principalmente es resultado de un análisis cualitativo que presenta los resultados a través de tres variables de implementación: i) sin ninguna evidencia, ii) baja, y iii) mediana, teniendo como base los siguientes criterios:

Variables que determinan el nivel de la implementación conceptualización
Sin ninguna evidencia Afirmación categórica para determinar que no existen acciones evidentes que demuestren avances en la implementación.
Baja El nivel de implementación baja hace referencia a que se evidencian acciones de avance, pero estas resultan ser mínimas en relación con el resultado esperado en el periodo de tiempo analizado.
Mediana La selección del nivel de implementación mediana se utiliza cuando se evidencian acciones de avance representativos, pero no cumplen con todos los resultados esperados en el periodo de tiempo analizado.
Completa La implementación completa hace referencia a la evidencia de acciones de manera satisfactoria y cumple con lo establecido en el Acuerdo para el periodo de tiempo analizado.

 

Primera parte: La Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó y su articulación con el Capítulo Étnico

Los pueblos étnicos del Chocó se han caracterizado por mantener una actitud activa en la construcción de paz territorial, caso de ello se evidencia en la construcción de la Agenda regional e interétnica mucho antes de la firma del Acuerdo de Paz final entre el Gobierno y las FARC-EP, y la elaboración del Acuerdo Humanitario Ya en el Chocó[2], las anteriores propuestas fueron elaboradas por las organizaciones étnico territoriales y sociales del Chocó, en la búsqueda de establecer varias rutas para alcanzar la paz y la implementación del Acuerdo, en especial el capítulo étnico, en el territorio chocoano, con la participación amplia e incluyente de todos sus pobladores.

El Acuerdo Humanitario Ya en el Chocó inicialmente focalizó el conflicto con el ELN, por ello, mientras el ELN y el Gobierno en el año 2017 estaban en la Mesa de Quito en el desarrollo de los diálogos sobre un posible cese bilateral al fuego, en el territorio las comunidades y organizaciones étnico territoriales trabajaban en esta propuesta de manera participativa e incluyente en el departamento del Chocó.

Gráfico 1: Iniciativas de paz territorial en el Chocó

Fuente: FISCH, 2021

El proceso de paz para los pueblos étnicos, marca un hito histórico en materia de reconocimiento de derechos para las comunidades, quienes históricamente fuimos excluidos de los espacios de participación.

El logro obtenido con la incorporación de un Capítulo Étnico en el Acuerdo de Paz, no fue resultado de las partes en conflicto, sino del activismo social y político de la articulación entre los pueblos indígenas, negros y afrocolombianos, basados en la reivindicación de los derechos propios, cosmovisiones y distintas formas de construcción de paz territorial.

El involucramiento en este proceso, imprimió la necesidad de crear nuevas instituciones propias de los pueblos étnicos y articulaciones entre pueblos indígenas y afrodescendientes, como fue el caso del Concejo Nacional de Paz Afrocolombiano, CONPA y la Comisión Étnica para la Paz y la Defensa de los Derechos Territoriales. Estos dos espacios, lograron generar el acercamiento de las organizaciones indígenas y afrocolombianas más representativas de Colombia.

De otro lado, se conformó la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos, IEANPE, integrada por para la Comisión Étnica y la Coordinación Étnica Nacional de Paz, CENPAZ; la instancia se encuentra a cargo de hacer seguimiento a la implementación de Capítulo Étnico, además de construir insumos y hacer recomendaciones a la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz, CSIVI.

El Capítulo Étnico de la Habana en las consideración manifiesta “Que el Gobierno Nacional y las FARC-EP reconocen que los pueblos étnicos han contribuido a la construcción de una paz sostenible y duradera, al progreso, al desarrollo económico y social del país, y que han sufrido condiciones históricas de injusticia, producto del colonialismo, la esclavización, la exclusión y el haber sido desposeídos de sus tierras, territorios y recursos; que además han sido afectados gravemente por el conflicto armado interno y se deben propiciar las máximas garantías para el ejercicio pleno de sus derechos humanos y colectivos en el marco de sus propias aspiraciones, intereses y cosmovisiones”. (Gobierno Nacional- Farc-EP, 2016).

Teniendo en cuenta lo anterior, la Agenda regional e interétnica de Paz para el Chocó ha establecido un relacionamiento intrínseco con el Capítulo Étnico, es por ello que en el siguiente cuadro se describen los componentes estratégicos de la Agenda regional y las posibles vinculaciones con el Capítulo Étnico:

Tabla 1: Componentes estratégicos de la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó y su articulación con el Capítulo Étnico

Componentes estratégicos

Agenda Chocó

Articulación con el Capitulo Étnico y el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera
Eje fortalecimiento organizativo
Busca ser el espacio para que las Organizaciones Étnico-territoriales, Urbanas y Sociales del Chocó participen, deliberen y tomen las decisiones sobre las acciones conjuntas y la agenda común para el desarrollo de la vida digna y el “buen vivir” en su territorio. Propone actualizar los instrumentos de regulación y planificación de las autoridades étnicas territoriales, introduciendo los principios del capítulo étnico, en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz.
Eje Territorio y exigibilidad social y jurídica
Propone impulsar los procesos que sean necesarios para la protección y defensa del Territorio, con enfoque de realización de los DESCA. Busca enlazar las metas trazadoras e indicadores con la protección de los derechos ambientales y territoriales, teniendo en cuenta los principios de progresividad y no regresividad, para avanzar en los derechos adquiridos en las luchas históricas de los pueblos étnicos.
Eje Etnodesarrollo y Planes de vida: alternativas de desarrollo para la paz
Busca la elaboración participativa del Plan de etnodesarrollo regional, en gestión concertada con el estado y acompañamiento en la implementación. Los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET, y el Plan Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, PNIS, tendrán en cuenta los instrumentos de planeación de las comunidades étnicas.
Eje Observatorio social y de conflicto armado
Se busca instaurar el Observatorio Social sobre Etnodesarrollo, Conflicto Armado y Desplazamiento, con un banco de datos históricos que dé cuenta de las violaciones a los DESCA y las infracciones al DIH, las circunstancias, los responsables, y una metodología propia que permita analizar y hacer el seguimiento a las distintas dinámicas del conflicto social y armado en la Región. Además de contribuir con los derechos de las victimas a la verdad, justicia y garantías de no repetición. El observatorio será el encargado de construir los informes sobre el cumplimiento del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz y realizar los análisis sobre la reconfiguración del conflicto armado en el departamento, además de establecer el estado de avance de los 11 puntos del Acuerdo Humanitario Ya en el Chocó.
Eje Equidad de género y generación
Propone generar los espacios y mecanismos para la participación de las mujeres y los jóvenes en la toma de decisiones, permitiendo su expresión plena y en igualdad, tanto en los espacios del hogar, públicos, organizativos, de formación y movilización. Busca articular el enfoque género, mujer familia y generación con la política de genero ya construida y establecida en los territorios.

Fuente: FISCH (2021), basados en la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó (2015).

 

Como puede evidenciarse en el cuadro anterior, los ejes de la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó se encuentran directamente relacionados con los puntos establecidos en el Acuerdo de Paz. En el caso de la Agenda regional, se incluye la importancia de la incidencia y cabildeo, para desarrollar la interlocución con las autoridades e instituciones del orden regional y nacional para la concertación de la Agenda, y la comunicación para el desarrollo alternativo y la paz, que se realizará a través de la sistematización y socialización de las propuestas de protección del territorio desde las diferentes realidades de las comunidades en medio del conflicto armado y la lucha territorial.

Segunda Parte: Balance del cumplimiento del Capítulo Étnico y el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera

 

El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera fue firmado el 24 de noviembre de 2016 por el gobierno nacional y la guerrilla de las FARC-EP, fue refrendado en el Congreso de la República, los días 29 y 30 de noviembre del mismo año. El Acuerdo se estructura en seis puntos, el punto seis (6) incluye el Capitulo Étnico, aunque los demás puntos también involucran un enfoque étnico, que son: punto uno (1) hacia un nuevo campo colombiano: Reforma Rural Integral; punto dos (2) participación Política: Apertura democrática para construir la paz; punto tres (3) fin de conflicto; punto cuatro (4) solución al Problema de las Drogas Ilícitas; punto cinco (5) acuerdo sobre las víctimas del conflicto; punto seis (6) implementación, verificación y refrendación.

De los 516 indicadores establecidos en el Plan Marco de Implementación, PMI[3], 100 indicadores corresponden a los compromisos étnicos, en las siguientes páginas de este texto se propone hacer un análisis expedito y riguroso sobre la implementación de las salvaguardas del capítulo étnico y de los puntos del Acuerdo Final de Paz desde la visión étnica en el departamento del -Chocó, con base en algunas de las metas trazadoras y/o indicadores del PMI.

Balance de la implementación de las salvaguardas del Capítulo Étnico

El capítulo Étnico involucró cuatro salvaguardas y garantías para la interpretación e implementación del Acuerdo de Paz, a saber: i) el carácter principal y no subsidiario de la consulta previa libre e informada, en respeto de los estándares constitucionales e internacionales, ii) el derecho a la objeción cultural, iii) el enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación, y iv) progresividad y no regresividad dado que en ningún caso, la implementación de los acuerdos irá en detrimento de los actuales derechos de los pueblos étnicos.

Gráfico 2: Salvaguardas del Capítulo Étnico

Fuente: FISCH con base en el Capítulo Étnico, 2021.

Teniendo en cuenta lo anterior, el FISCH con este informe hizo el esfuerzo de revisar y analizar el balance de la implementación de las salvaguardas del Capitulo Étnico en relación con la actuación institucional, aunque debe entenderse que estás salvaguardas son aspectos substanciales para la interpretación e implementación de todo el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia.

En términos generales, se identificó que los niveles de implementación sobre la aplicación de las salvaguardas y garantías contenidas en el Capítulo Étnico, en dos de estás, la Consulta Previa Libre e Informada y el derecho a la objeción cultural, no se detecta evidencia de implementación, para el caso de la salvaguarda de Progresividad y no regresividad no existe información que demuestre implementación y en el enfoque transversal de género, mujer, familia y generación se muestran acciones de implementación pero estas son muy bajas en relación con lo acordado, como se evidencia en el siguiente cuadro:

Tabla No. 2: Evaluación de la implementación de las salvaguardas del Capítulo Étnico

Salvaguardia Implementación
Consulta previa libre e informada Sin ninguna evidencia
Derecho a la objeción cultural Sin ninguna evidencia
Enfoque trasversal étnico de género, mujer, familia y generación Bajo
Progresividad y no regresividad Sin ninguna evidencia

Fuente: FISCH 2021, basados en el Capítulo Étnico

 

Es pertinente aclarar que el Plan Marco de Implementación, PMI, no circunscribe metas trazadoras o indicadores sobre tres de las salvaguardas, como son: la Consulta Previa Libre e Informada, el derecho a la objeción cultural y al principio de progresividad y no regresividad, dado que su implementación se concibe de carácter substancial y transversal, por lo tanto, se considera su aplicación en todos los puntos del Acuerdo Final de Paz; en el caso del Enfoque transversal étnico de género, mujer, familia y generación si existen metas e indicadores, pero también debe entenderse su aplicación de carácter substancial y transversal en todos los puntos del Acuerdo Final de Paz.

 

La Consulta Previa Libre e Informada

 

La Consulta Previa es el derecho fundamental que tienen los pueblos étnicos de participar de manera previa e informada en la toma de decisiones sobre medidas legislativas, administrativas, proyectos, obras o actividades que los afecten; con este derecho se busca proteger la integridad cultural, social y económica de los pueblos étnicos, este derecho se encuentra amparado en la Ley 21 de 1991 que ratifica el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT, en relación con los derechos de los pueblos indígenas y tribales a su territorio y la protección de sus valores culturales.

Para el caso de los pueblos étnicos de Chocó, es pertinente señalar que en el año 2016 se adelantó la instalación de la Consulta Previa en Consejos Comunitarios y resguardos indígenas de Bojayá, como parte del proceso en 2018 se firmaron algunos de los Planes Integrales de Reparación Colectiva, PIRC. Sin embargo, transcurrido el tiempo, varias de estas comunidades sostienen su escepticismo sobre la efectividad de la Consulta Previa, aunque las comunidades manifiestan haber cumplido con los mecanismos pertinentes para documentar y solicitar reparación a las distintas vulneraciones y afectaciones, señalan que el proceso se ha ejecutado de manera burocrática, en lugar de ser un verdadero ejercicio de derechos dirigidos a la atención y reparación a las víctimas[4].

En el primer semestre del año 2021, la Unidad para las Víctimas del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas, SNARIV, estableció la instalación del proceso de Consulta Previa con el Pueblo Wounann del Litoral del San Juan, este proceso propuso establecer las fases de la reparación colectiva para la caracterización del daño vivido por causa del conflicto y la construcción de su Plan Integral de Reparación Colectiva, PIRC[5].

A pesar de que la región está salvaguardada jurídicamente por su condición de territorio y los procesos en curso de Consulta Previa surtidos con los pueblos étnicos de Bojayá para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, esta zona continúa evidenciando desarrollos de eventos que causan afectación a la comunidad sin la debida consulta individual y colectiva.

Hallazgo: Los informes gubernamentales y no gubernamentales que recogen acciones relacionadas con el derecho a la Consulta y Consentimiento Previo, Libre e Informado de los pueblos étnicos,  relacionan las consultas como compromisos cumplidos, sin mayor detalle que permita confrontar la veracidad de la información, la comunidad beneficiaria, el territorio étnico, el presupuesto asignado y ejecutado, la ruta concertada de la consulta previa, los actores que participaron en dichas consultas, ni el acatamiento a los estándares constitucionales e internacionales, respetando su carácter principal y no subsidiario como lo exige el capítulo étnico de paz, es por ello que el balance es sin ninguna evidencia para la verificación en la implementación.

 

Derecho a la objeción Cultural

 

Hace referencia a la impugnación frente a cualquier decisión que desconozca los derechos de los pueblos étnicos. El primer intento de incluir el derecho a la objeción cultural fue en la Asamblea Constituyente de 1991, por taita Lorenzo Muelas Hurtado del Pueblo Misak, quien planteó que, “es innegable el derecho de las poblaciones a determinar el uso o forma de explotación del uso de sus recursos naturales. Derecho que lleva implícita la facultad de concertar su participación y forma de ejecución. De su libre ejercicio pueden derivarse. En la mayoría de los casos, el acuerdo entre las comunidades y los entes interesados en su utilización[6].

Posteriormente, la Sentencia T576 de 2014, incorporó este principio de respeto cultural, también ha sido reconocido por la Corte Constitucional y su alcance establece que los pueblos pueden oponerse o negarse a la toma de la decisión propuesta y que su decisión es obligatoria para el Estado y el resto de la sociedad.

Esta salvaguardia incluida en el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz, posteriormente aprobado mediante el Acto Legislativo No. 02 de mayo 12 de 2017, representa una importante oportunidad histó­rica para las comunidades étnicas. Sin embargo, se requiere de mayor desarrollo conceptual, ju­rídico y metodológico para su implementación como parte del fundamento del Capítulo Étnico.

Es pertinente mencionar que esta salvaguarda se encuentra directamente relacionada con el concepto de derechos bioculturales, incluida en la Sentencia T622 del año 2016 sobre el “Caso de comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato y manifiestan afectaciones a la salud como consecuencia de las actividades mineras ilegales”, desde esta perspectiva la conservación de la biodiversidad conlleva necesariamente a la preservación y protección de los modos de vida y culturas que interactúan con ella.

En términos legales los derechos bioculturales, expresados en la Sentencia T622, buscan integrar en una misma cláusula de protección las disposiciones dispersas en materia de derechos a los recursos naturales y a la cultura de las comunidades étnicas, que Constitucionalmente están incorporados en los artículos 7º, 8º, 79, 80, 330 y 55 transitorio.  Es decir que, los derechos bioculturales no son nuevos derechos para las comunidades étnicas, si no, son una categoría especial que unifica sus derechos a los recursos naturales y a la cultura, entendiéndolos integrados e interrelacionados[7].

Hallazgo: Según lo establece la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó “Lo que sucede en el Chocó, es mucho más complejo que una confrontación armada o una disputa territorial para controlar rutas de tráfico de drogas. Se trata de una disputa por un territorio donde existen intereses económicos, geopolíticos, sociales y culturales, con programas y proyectos que expresan, por lo menos, dos visiones totalmente contrapuestas del desarrollo y del territorio[8].

Sin embargo, los conflictos y elementos desestabilizadores en el Chocó, son generados en gran medida por la implementación de megaproyectos vinculados a un esquema y lógicas del desarrollo y no desde las lógicas de las comunidades, a lo que las comunidades le han dicho NO, objetando culturalmente la llegada de proyectos como: canales interoceánicos, una compleja red de corredores viales para interconectar el interior andino con el Pacífico, la articulación de la carretera panamericana para enlazar al país con Panamá cruzando la región del Darién, construcción (Tribugá Tumaco), ampliación (Buenaventura Cupica) de puertos marítimos con propensión comercial; proyectos de interconexión eléctrica en municipios del Medio San Juan, Medio Baudó, Bajo Baudó y Sipí; grandes extensiones en monocultivos de palma de aceite, concesiones mineras a empresarios nacionales y extranjeros en los proyectos Mandé Norte, Dojurá, Bajo Atrato, estos entre otros proyectos, tienen consecuencias directas en un territorio donde la población ejerce la minería artesanal tradicional, la agricultura, entre otros.

A pesar de la manifestación expresa de no permitir el ingreso de estos proyectos bajo el principio de Objeción cultural por parte de las comunidades étnicas, los megaproyectos y proyectos continúan, muchos de ellos en alianza con actores armados que se establecen territorialmente a través del miedo.

Caso de ello se evidencia en el megaproyecto portuario en el Golfo de Tribugá aprobado en el Plan de Nacional de Desarrollo 2018-2022,  que afectará no solo a los pueblos étnicos, sino también generará gravísimos impactos en los biodiversos ecosistemas, frente a ello la Procuraduría General de la Nación pidió a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, aplicar el principio de precaución frente al desarrollo de cualquier proyecto en el Golfo de Tribugá y evaluar la pertinencia de abstenerse de otorgar autorizaciones o permisos hasta que no haya estudios científicos para determinar los impactos que se puedan generar[9].

Teniendo en cuenta lo anterior, se evidencia que, en ninguno de los informes de las entidades de gobierno responsables de la implementación del Acuerdo de Paz, da cuenta de acciones concretas y/o presupuestos asignados o ejecutados respecto de la salvaguarda sustancial del Derecho a la Objeción Cultural, es decir, su implementación es igual a 0%.

Progresividad y no regresividad

 

En este caso el Capitulo Étnico determina que, “…en ningún caso la implementación de los acuerdos irá en detrimento de los derechos de los pueblos étnicos…”, entonces se establece que los derechos no pueden disminuir, por lo cual, al sólo poder aumentar, progresan gradualmente. En este caso, la Corte Constitucional defiende el Principio de Progresividad y la prohibición de la regresión, aduciendo que éste representa una regla de estricto cumplimiento que no admite excepciones ni ponderaciones con otros valores constitucionales.

 

Hallazgo: Es pertinente recalcar que esta al igual de las demás salvaguardas, es substancial para la interpretación e implementación de todo el Acuerdo Final de Paz, por lo tanto, debe verificarse su cumplimiento en cada uno de los compromisos, metas e indicadores acordados para los pueblos étnicos. Sin embargo, para el ejercicio del presente balance se determina que, la violencia exacerbada y la crisis humanitaria declarada en el Chocó es muestra evidente de que esta salvaguarda no se aplica.

 

Teniendo como base los tres infor­mes de la Comisión de Segui­miento al Acuerdo Humanitario Ya en el Chocó, para el periodo 2018 – 2019, se resalta el reclutamiento de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, la violación de mujeres y el desplazamiento forzado y el confinamiento de la población.

 

En el Comunicado 169, de la Defensoría del Pueblo en septiembre de 2021, se establece que La población chocoana está sufriendo una emergencia humanitaria, “La situación actual en materia de derechos humanos en el Chocó es crítica. Además de los desplazamientos, confinamientos y combates, fueron asesinados 15 ciudadanos en proceso de reintegración luego de la firma de paz, 7 de ellos en Quibdó. El año pasado asesinaron a 16 líderes sociales y este año 4”, afirma el actual Defensor del Pueblo Carlos Camargo. Por lo tanto, se determina que No existen garantías para la progresividad y no regresividad de los derechos de los pueblos étnicos.

De lo anterior se determina que, no existen garantías para la progresividad y no regresividad de los derechos étnicos, debido a que la emergencia humanitaria actualmente declarada en el Chocó es resultado y a su vez la generadora de graves violaciones a los derechos étnicos, por lo tanto, la situación actual representa un grave retroceso a los derechos colectivos de los pueblos étnicos en el Chocó.

Enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación

 

Las mujeres, los hombres y la comunidad LGTBIQ+ en el marco del conflicto armado sufren violencias de manera diferenciadas que se intensifican bajo el rol de defensores y defensoras de derechos humanos, en especial las defensoras de derechos humanos han sido estigmatizadas debido a la falta de reconocimiento a la labor de liderazgo de las mujeres, su representación es limitada en los espacios de diálogo, concertación y existe dificultad en el acceso a recursos económicos para el ejercicio de sus funciones en el territorio.

La inclusión del enfoque de género en el capítulo étnico y de manera transversal en el Acuerdo de Paz es evidencia de la perseverancia y constancia de la debida inserción de la visión y efectiva participación de éstas diferentes visiones; para el caso de las mujeres de los pueblos étnicos (indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rrom o Gitanas) se encuentran organizadas en búsqueda de alcanzar la igualdad de derechos, evitar la discriminación y las violencias históricas a las que se han visto enfrentadas y que se les reconozca en su rol fundamental en todos los niveles, social, económico, político y cultural.

El enfoque de género en el Acuerdo Final de Paz garantiza la necesidad de implementar medidas afirmativas para promover la igualdad, la participación activa de las mujeres y sus organizaciones en la construcción de paz y el reconocimiento de la victimización de las mujeres por causa del conflicto, ya que sufren mayores amenazas, violencia sexual y agresiones en contra de sus familias.

Según el Registro Único de Víctimas, RUV reporta que, durante el conflicto armado con las FARC, en el periodo 1985 – 2016 (temporalidad que cubre el Acuerdo de Paz), se habían registrado 312.183 personas víctimas de desplazamiento forzado en el Chocó, del cual el 51,32% son mujeres.

Según establece la herramienta de seguimiento de las medidas de género del Acuerdo de Paz para el Chocó, en la mayoría de los municipios chocoanos las mujeres fueron más afectadas que los hombres por el desplazamiento forzado. Por ejemplo, 3.395 de las 6.401 personas víctimas de desplazamiento registradas en el municipio de Condoto fueron mujeres (53%), en Istmina fueron 9.087 mujeres de las 17.401 personas víctimas de desplazamiento (52,2%), en Medio San Juan 3.970 de las 7.729 personas víctimas de desplazamiento eran mujeres (51,4%), y en Quibdó 23.939 de las 44.887 personas víctimas de desplazamiento (53,3%) (RUV, 2019)[10].

De lo anterior se afirma que, está situación de desplazamiento se agrava bajo un contexto territorial que se caracteriza por una población empobrecida, por la falta de oportunidades laborales y la escasa oferta institucional, ya que disminuye las condiciones de vida digna de las mujeres en el Chocó.

De manera general, el Plan Marco de Implementación, PMI, incluyó 51 indicadores de género y 18 acciones de género del CONPES 3931 de 2018. En el caso particular, el capítulo étnico incluye medidas con enfoque de género, mujer, familia y generación en los seis puntos del Acuerdo. Sin embargo, se tiene una baja evidencia de la implementación étnica en perspectiva de género, dado que no se tienen datos cualitativos o cuantitativos concretos que corroboren avances significativos en el departamento del Chocó, en ese sentido, se observa un vacío en cuanto a la implementación de esta salvaguarda.

Hallazgos

En los tres informes de seguimiento al “Acuerdo Humanitario ¡Ya! en el Chocó”, se determina que, las nuevas configuraciones y dinámicas territoriales tienen afectaciones particulares en las mujeres, quienes en el contexto de pos acuerdo siguen padeciendo las violencias en sus cuerpos y sus vidas, cuando esto implica, asesinatos de sus compañeros, esposos, reclutamiento de sus hijos e hijas, además de amenazas de todo tipo.

Caso de ello se evidencia con las mujeres que se dedican a la actividad minera, según el informe las mujeres expresaron que, “están siendo desplazadas y no las están dejando realizar la minería de manera artesanal que siempre han realizado para el sustento de sus familias, les dicen que son ilegales, de igual forma expresaron que la actividad de las grandes empresas mineras le ha conllevado al despojo de las tierras, contaminación de los ríos, del aire y de todo el entorno donde ellas realizan sus labores cotidianas, situación que pone en riesgo la seguridad alimentaria de ellas y de sus familias, a esto se suma la situación de violencia que están viviendo las mujeres al interior de sus hogares por parte de su pareja, donde no se atreven a denunciar por no exponer sus vidas y la de sus familiares [11].

 

De otro lado, las mujeres han manifestado que ya no se pueden ir a los sitios sagrados de la comunidad, como las quebradas y caminos donde realizan sus actividades de minería, agricultura, lavar la ropa, recrearse y acceso a las plantas medicinales, por temor a las minas antipersonal o encontrarse entre el fuego cruzado. El no cese bilateral al fuego afecta a las mujeres y también a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, ya que les impide desarrollar sus actividades cotidianas, además que existe el temor constante del reclutamiento de niños, niñas, adolescentes y jóvenes por parte de los actores armados[12].  

Teniendo en cuenta lo anterior se determina que:

  1. No existe un trabajo institucional a nivel territorial que sea significativo en términos del cumplimiento de los compromisos pactados en el Acuerdo;
  2. No hay presupuestos orientados y acordes con las necesidades territoriales para la implementación efectiva del enfoque de género, por parte del gobierno nacional y sus instituciones;
  3. Existen falencias estructurales en relación con la atención, acompañamiento y seguimiento, de los procesos de las mujeres étnicas. Se identifica que, a nivel territorial las instituciones no han incorporado en sus planes de acción, los indicadores de cumplimiento establecidos en el Acuerdo de Paz del enfoque de género del Capítulo Étnico;
  4. El incumplimiento institucional, está relacionado directamente con la falta de voluntad política, ya que no se están materializando los derechos fundamentales de las mujeres;
  5. Faltan canales de comunicación, articulación y concertación con las instancias creadas para el seguimiento y monitoreo de los compromisos pactados para el enfoque de género. No se está garantizando la participación efectiva de las mujeres étnicas (mujeres indígenas, negras, afrocolombianas raizales y palanqueras).

Balance de la implementación del Capítulo Étnico en los Puntos del Acuerdo de Paz

El enfoque Étnico en el Acuerdo de Paz, se encuentra contenido en el Capítulo Étnico que corresponde al Punto Seis (6) del Acuerdo de Paz, pero es de resaltar que, en cada uno de los puntos también se incluyó el enfoque y los compromisos étnicos, los cuales desarrollaron metas e indicadores especificas en el Plan Marco de Implementación, PMI. La siguiente gráfica expone la inclusión de la visión étnica en los seis puntos del Acuerdo de Paz, que son: (1) Reforma Rural Integral, (2) participación política, (3) fin del conflicto, (4) solución al problema de las drogas ilícitas, (5) Victimas, y (6) implementación, verificación y refrendación.

Gráfica 3: Enfoque étnico en el Acuerdo de Paz

Fuente: Corporación Colombia Forjando Paz. Pazografía

 

El presente balance de implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz en el departamento del Chocó, tuvo en cuenta las salvaguardas y los seis puntos, como resultado se tienen evaluadas 15 metas, las cuales fueron seleccionas por el equipo del FISCH determinando según su nivel de prioridad para las comunidades en el Chocó, debe tenerse en cuenta que en este balance no se incorporan la totalidad de las metas trazadoras establecidas en el PMI para el enfoque étnico.

Tabla 3: Unificación del balance de la implementación del Acuerdo de Paz

Salvaguardas /Puntos Metas propuestas Implementación
Salvaguardas Capítulo Étnico Consulta previa libre e informada Sin ninguna evidencia
Derecho a la objeción cultural Sin ninguna evidencia
Enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación Baja
Progresividad y no regresividad Sin ninguna evidencia
Punto 1. Reforma Rural Integral, RRI Acceso a tierras colectivas y resolución de conflictos territoriales Sin ninguna evidencia
Participación e implementación efectiva de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET, en los planes de reparación colectiva y la zonificación ambiental. Mediana
Participación efectiva en el Sistema de Catastro Multipropósito Baja
Punto 2. Participación Política Garantías para la participación política y la protección líderes y lideresas con enfoque étnico Sin ninguna evidencia
Punto 3. Fin del Conflicto

 

Programa Especial de Armonización Sin ninguna evidencia
Garantías de seguridad y protección que incluya el fortalecimiento de sistemas propios Sin ninguna evidencia
Punto 4. Solución al problema de drogas de uso ilícito Programa Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, PNIS, con pueblos indígenas y afrodescendientes Sin ninguna evidencia
Programa de Desminado Humanitario en territorios indígenas y afrodescendientes Sin ninguna evidencia
Punto 5. Acuerdo de las víctimas del conflicto armado

 

Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR

1.            La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, CEV

2.            Jurisdicción Especial para la Paz, JEP

3.            Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, UBPD

Mediana
Punto 6. Implementación, verificación y refrendación

 

Instancia Especial de Alto Nivel para Pueblos Étnicos, IEANPE Mediana
Capitulo Étnico Baja

Fuente: FISCH con base en el Capítulo Étnico y el Acuerdo Final de Paz

De la información contenida en la anterior tabla, puede concluirse que el 60% de las metas se encuentran sin ninguna evidencia en su implementación, el 20% tienen una baja certeza en su implementación y en el otro 20% se encuentra una mediana demostración de implementación, cabe resaltar que no existe alguna meta que haya recibido la calificación de completa implementación.

Es pertinente resaltar que en los puntos 1, 5 y 6, correspondientes a la Reforma Rural Integral, el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR, y la IEANPE, son las metas atribuibles a la calificación mediana. Sin embargo, es pertinente aclarar que la calificación fue otorgada en base al avance principalmente en la formulación de los programas, más no en la implementación en cada uno de ellos. Por ejemplo, para el caso de los PDETs Chocó, aunque se establece que las comunidades participaron en la fase de concertación de la ruta étnica y construcción de los pactos comunitarios y municipales, se encuentran fallas en el proceso de priorización para el periodo 2020-2021 ya que, según lo establece el informe de seguimiento PDET Chocó realizado por el FISCH, las gestiones fueron realizadas entre los gobiernos territoriales y la ART sin un proceso de participación real con las comunidades y autoridades étnicas involucradas.

De otro lado, es preocupante que los puntos 2, 3 y 4 que comprenden la participación política, el fin del conflicto y solución al problema de drogas de uso ilícito respectivamente, se encuentren sin ninguna evidencia en su implementación.

Para el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, como plataforma de organizaciones étnico territoriales y de la sociedad civil y organizada del Chocó, considera muy poco el avance en materia de implementación y verificación, dado que la mayoría de metas e indicadores no cuentan con una ruta definida que proyecte su cumplimiento.

Punto 1. Reforma Rural Integral, RRI

La Reforma Rural Integral, RRI corresponde al punto uno (1) del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, este punto desde el enfoque étnico recoge principalmente los siguientes temas: i) acceso a tierras, propiedad colectiva y el Fondo Nacional de Tierras, ii) los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET, y iii) el sistema de Catastro Multipropósito, como se evidencia en el siguiente gráfico.

Gráfico 4: Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Uno (1) del Acuerdo de Paz

Fuente: propia en base al Capítulo Étnico y el punto uno del Acuerdo de Paz

Según lo establece el Plan Marco de Implementación, PMI, son 7 las metas trazadoras y 18 los indicadores que componen el punto uno (1). Para el ejercicio de este balance se tomaron tres de las metas más representativas para el FISCH y a cada una se realizó el análisis sobre el nivel de implementación, como resultado se tuvo que en relación con el acceso de tierras y la resolución de conflictos territoriales no se tiene ninguna evidencia en la implementación, en cuanto a la participación e implementación efectiva de los PDET, la implementación es mediana y en relación con la participación efectiva en el Sistema de Catastro Multipropósito es baja debido a su avance en la iniciativa regional en el marco del Plan de Acción para la Transformación Regional en el departamento del Chocó.

Tabla 4: Balance de la implementación Punto Uno (1) sobre Reforma Rural Integral, RRI

Metas propuestas Implementación
Acceso a tierras colectivas y resolución de conflictos territoriales Sin ninguna evidencia
Participación e implementación efectiva de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET Mediana
Participación efectiva en el Sistema de Catastro Multipropósito Baja

Fuente: FISCH a partir de información del Capítulo Étnico y el Punto 1 del Acuerdo de Paz.

Es pertinente resaltar que, las metas mencionadas resultan ser claves en la reivindicación histórica de los pueblos étnicos en Colombia, dado que involucra un enfoque territorial y diferencial, para la pervivencia y permanencia de los pueblos en los territorios colectivos, bajo condiciones de buen vivir y dignidad humana.

Las instituciones más representativas bajo quienes recae la responsabilidad del cumplimiento de las metas son: la Agencia Nacional de Tierras, el Departamento Nacional de Planeación, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la Superintendencia de Notariado y Registro, la Agencia de Renovación del Territorio, ART y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; a continuación, se realizará el análisis y se informará de los hallazgos para cada una de las metas mencionadas anteriormente.

  1. Acceso a tierras colectivas

El Capitulo Étnico garantiza que los pueblos afrodescendientes e indígenas tengan acceso a tierras, sin detrimento de los derechos colectivos adquiridos. La adjudicación de los predios y procedimientos de formalización tienen como propósito la titulación y restitución de tierras, con base en las prácticas tradicionales, los derechos bioculturales y las formas propias y ancestrales de relacionamiento con el territorio por parte de las comunidades étnicas.

Durante las últimas décadas, el proceso de exigibilidad y alcance del reconocimiento de los derechos territoriales, permitió la protección a través del reconocimiento legal de las tierras colectivas a los pueblos indígenas, negros y afrodescendientes en el país, dichas estimaciones se consignan en el PMI.

Para el caso de los pueblos indígenas, a 31 de julio de 2019 se habían constituido 774 resguardos con un poco más de 33 millones de hectáreas, lo que representa el 29,8% del territorio nacional. El departamento del Chocó cuenta con 121 resguardos, representando más del 15% del total nacional, la mayoría de ellos constituidos entre los años 1980 y 2000[13].

A julio de 2019, cursaban 889 solicitudes de formalización de territorios indígenas en la Agencia Nacional de Tierras, 50% son solicitudes de formalización (5 son títulos de origen colonial o republicano), el 46% son para ampliación (6 son procedentes a resguardos de origen colonial), y el 4% corresponde a peticiones de saneamiento. De acuerdo con la medición de avance establecida por la ANT, se establece que el 45% de las solicitudes registra un 0% de avance, el 42% tiene un avance entre el 1 al 9% y de ahí en adelante el avance es mínimo[14].

Para el caso de los pueblos negros y afrodescendientes los derechos territoriales reconocidos mediante la titulación colectiva alcanzan los más de 6,4 millones de hectáreas que representa el 5% de todo el territorio nacional, con más de 215 títulos colectivos ubicados principalmente en la región del Pacifico[15]. En el departamento del Chocó son cerca de 61 Consejos Comunitarios a los que se les ha reconocido la titulación colectiva.

Según lo establece el Proceso de Comunidades Negras, PCN, a junio de 2021, existen 401 solicitudes de titulación colectiva radicadas en la Agencia Nacional de Tierras, ANT, a las que no se le ha dado respuesta, actualmente en trámite sin resolver las solicitudes. Desde hace unos años atrás las comunidades afrodescendientes hacen seguimiento y brindan todo el apoyo para que se alcancen la titulación colectiva y los derechos territoriales de las comunidades.

Por ejemplo, desde el 1° de agosto de 2018, el PCN y la ANT firmaron un convenio para acompañar la recolección de insumos, esto con el propósito de agilizar el proceso de titulación colectiva de comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras en el país. El PCN propuso la meta de aprobar 50 titulaciones entre 2018 y 2020, pero este proceso ha tenido fuertes obstáculos, lo que no ha permitido avanzar con las 401 solicitudes represadas actualmente en la ANT[16].

Resguardos indígenas formalizados – 2020 Títulos colectivos de comunidades afrodescendientes y aspiraciones territoriales – 2020
Fuente: Observatorio de Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas, junio 2020 Fuente: Observatorio de Territorios Étnicos y Campesinos, OTEC, noviembre 2021

 

Hallazgos:

Uno de los principios de la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó está relacionada con la Territorialidad, allí se define el Territorio como el elemento estructurante de la identidad de sus pobladores, por tanto, Territorio e Identidad, deben ser los principios rectores del modelo de desarrollo que se implemente en la región. En el Chocó el acceso de tierras colectivas tiene pendiente las solicitudes realizadas por los Consejos Comunitarios Vuelta Mansa y Santo Domingo, desde los años 2013 y 2014, por cerca de 2800 hectáreas.

En relación con la resolución de conflictos territoriales en el Chocó la implementación es inexistente, incluso puede apreciarse regresividad, dado que el principal conflicto territorial sigue asociado a la guerra ya que después de la firma del Acuerdo de Paz, en este territorio los actores armados, inician la disputa por el control de los corredores estratégicos, rutas de narcotráfico, posicionamientos en puntos clave del territorio, en búsqueda de hegemonizar economías lícitas e ilícitas.

Por lo tanto, se presentan enfrentamientos recurrentes entre los diferentes actores armados (Fuerza Pública, ELN, grupos de narcotraficantes, entre otros), lo que conlleva a consecuencias muy graves contra la población civil, ya que el actor armado quiere que la población “tercie a su favor”, con la finalidad de mostrar su posicionamiento y hegemonía territorial frente a su contrincante, entonces se dan permanentes movimientos militares (que incluyen confrontación, hostilidades y obviamente afectaciones graves por la violación constante de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario a la población civil) en todo el territorio[17].   

La adjudicación de predios por parte de la ANT a través del fondo de tierras, no ha iniciado en el Chocó. A nivel nacional, según lo establece el Sistema Integrado de Información para el Posconflicto, SIIPO, no aparece porcentaje de avances sobre las hectáreas del Fondo de Tierras entregadas para pueblos indígenas, negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros, por lo tanto, el balance de la implementación para esta meta se califica sin ninguna evidencia.

 

En referencia con el Acceso a tierras colectivas por medio del Fondo de Tierras, se evidencia una   alerta de regresividad de los derechos adquiridos para las comunidades étnicas, debido a la falta de Consulta Previa del Decreto 902 de 2017 para los pueblos negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros, dicho decreto fue demandado y mediante Sentencia C-073 de 2018, se declaró la exequibilidad pero condiciona a extender los efectos a los pueblos Negros, Afrocolombianos, Raizales y Palenqueros, por lo tanto se estableció una subcuenta especifica que integra el Fondo de Tierras para estos pueblos.

 

  1. Catastro Multipropósito

El “Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” en el punto uno sobre la “reforma rural integral”, incluye la creación de un sistema de información catastral que permita determinar, registrar y difundir información sobre la relación entre las personas y la tierra, estimular la desconcentración de la propiedad rural y alcanzar niveles óptimos de transparencia de la propiedad de la tierra en el país; aunque en el país ya existe un sistema catastral, éste no tiene el enfoque multipropósito como el que se propone actualmente[18], además debe tenerse en cuenta que el actual catastro se encuentra desactualizado .

Existe una vinculación entre el Catastro Multipropósito y los derechos étnico territoriales, ya que este sistema identificará propietarios, poseedores, arrendatarios y ocupantes, por lo tanto, será la herramienta fundamental para el reconocimiento legal de titulación y los procesos de restitución de tierras en los territorios ancestrales y tradicionales de propiedad y de ocupación por los pueblos étnicos en Colombia. Es decir, que este es el primer paso para la regularización masiva de la propiedad, a través de la titulación o formalización de tierras.

El Catastro Multipropósito se encuentra directamente articulado con el Ordenamiento Social de la Propiedad, contemplado en el Decreto 902 de 2017, el cual involucra herramientas de gestión para la coordinación y articulación institucional como son: i) el Registro de Sujetos de Ordenamiento, RESO, incluye un módulo especial étnico que busca garantizar la condición de sujetos de especial protección constitucional de estas comunidades y establece criterios para la priorización de las mujeres, se adelanta a través del Formulario de Inscripción de Sujetos de Ordenamiento, FISO, y ii) los Planes de Ordenamiento Social de la Propiedad, POSPR, establece barridos prediales masivos resultado de ejercicios participativos; estas dos herramientas a nivel nacional avanzan sin mayor participación étnica.

Según lo establece el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, del 100% de los territorios colectivos a nivel nacional, en el actual sistema catastral el 41,2% no tiene información catastral, el 46,02% tiene información desactualizada, y tan solo el 12.78% tiene información actualizada[19]. Para el caso del departamento del Chocó no hay levantamiento de información catastral, en ninguno de los territorios de los Consejos Comunitarios o resguardos indígenas.

Actualmente, la institucionalidad responsable de coordinar el sistema de catastro multipropósito (entidades principales: IGAC, DNP, ANT, SNR), se encuentra en proceso de iniciar el proceso de Consulta Previa Libre e Informada con los pueblos indígenas y afrodescendientes sobre “la guía metodológica para la gestión catastral en territorios étnicos”; por ahora se han desarrollado reuniones preliminares para definir la ruta étnica a nivel nacional, con: La Comisión Consultiva de Alto Nivel para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, y con la Mesa Permanente de Concertación, MPC, para el caso de pueblos indígenas.

Hallazgo: Para el caso de la implementación del catastro multipropósito en el Chocó, el balance es bajo ya que no se registran mayores avances, aunque fueron incorporados como parte de una iniciativa regional en el marco del Plan de Acción para la Transformación Regional, parte del PEDET Chocó.

El SIIPO registra el 97% de territorios étnicos con levamiento catastral construido desde de la participación de sus comunidades y el 58% de instrumentos de formación, capacitación, registro, caracterización, asistencia e inscripción del Sistema Nacional Catastral Multipropósito con la variable Rrom, indígena y para comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.

Sin embargo, del desarrollo de ambos indicadores no se registran acciones para el departamento del Chocó ya que, en los territorios de comunidades afrodescendientes, indígenas o campesinas no existe levantamiento catastral con la participación de las comunidades, así como tampoco estas comunidades han tenido acceso a los instrumentos de formación, capacitación, entre otros, para la formación en el catastro multipropósito.

En relación con los POSPR es pertinente señalar que para el departamento del Chocó ninguno de sus municipios hace parte de la focalización realizada por la ANT, para su formulación e implementación.

  1. Los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET

Los PDET son una de las estrategias que promoverán la transformación estructural del campo y procurarán el relacionamiento equitativo entre el campo y la ciudad, la Agencia de Renovación del Territorio, ART, es la entidad responsable de la construcción e implementación de los programas.

El capítulo étnico incluyó salvaguardas para garantizar la participación cualificada de las comunidades en la construcción de la paz territorial, a través de los PDET, que son: i)la identidad vinculada a la diversidad de sistemas de valores y culturas, ii)la autonomía y respeto de las formas de gobierno y de organización que tienen los pueblos étnicos, iii)la integridad del territorio étnico, iv) la consulta previa, libre e informada, y v) la garantía de realización progresiva de los Derechos Sociales, Culturales y Ambientales, DESCA.

Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos del Acuerdo de Paz, además de facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo de los PDET, se estableció que cada zona priorizada debía elaborar de manera participativa el Plan de Acción para la Transformación Regional, PATR, como mecanismo de cumplimiento de los objetivos del PDET, su propósito es articular en un solo plan todos los niveles del ordenamiento territorial, incluida la articulación y armonización con los planes de vida, planes de salvaguarda, etnodesarrollo, planes de manejo ambiental, <ordenamiento territorial y sus equivalentes, según los términos establecidos en el artículo 6 del Decreto Ley 893 de 2017 “Por el cual se crean los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET”.

El Capítulo Étnico estableció que para los PDET debía contemplarse un Mecanismo Especial de Consulta, MEC, para su implementación, con el fin de incorporar la perspectiva étnica y cultural en el enfoque territorial, también contempló mecanismos de seguimiento y veeduría de los proyectos en los PDET, a través de los denominados Grupo Motor, por lo tanto, determina que cada zona priorizada debe tener mecanismo de seguimiento y evaluación local, regional y nacional para garantizar que lo que se acuerde en el PDET se implemente y se cumpla.

A nivel nacional fueron 170 los municipios priorizados en 16 PDET y en los Planes de Acción para la Transformación Regional, PATR, de estos, 159 municipios tienen presencia étnica; territorialmente en los municipios PDET se identificaron 452 resguardos y más de 600 cabildos. En el caso de los pueblos negros, raizales y palenqueros se incorporaron 307 títulos colectivos y más de 500 Consejos Comunitarios[20].

Para el caso del PDET subregión Chocó, en el segundo semestre del año de 2018, , la ART inició un proceso de acercamiento con las organizaciones de segundo nivel regional del departamento del Chocó, incluido el Foro Interétnico Solidaridad Chocó y otros actores relevantes, para concertar la ruta de intervención en el territorio para la construcción del PDET/PATR, desarrollados en 14 municipios, 12 del departamento del Chocó y en 2 del departamento de Antioquía, que fueron: Acandí, Bojayá, Carmen del Daríen, Condoto, el Litoral del San Juan, Istmina, Medio Atrato, Medio San Juan, Nóvita, Riosucio, Sipí y Unguía en el departamento del Chocó, y Murindó y Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia[21].

 

El proceso de construcción del PATR subregión Chocó tuvo la participación de 1275 actores étnicos y las 14 administraciones locales, los resultados fueron: i) 14 pactos étnicos, uno por municipio, ii) 14 Pactos Municipales para la Transformación Regional, PMTR, y iii) la identificación 2027 iniciativas de carácter regional y 73 propuestas subregionales; tiendo en cuenta lo anterior, la ART definió 8 pilares para su desarrollo y realizó la regionalización de los costos, de conformidad con el documento CONPES 3932 de 2018[22].

 

Gráfico 5: Iniciativas PDET Subregión Chocó, distribución de las 2027 iniciativas por subregión y departamento.

Fuente: FISCH. (Octubre 2021). Informe de seguimiento PDET chocó.

 

 

Adicional a los anteriores compromisos, las autoridades étnicas establecieron cuatro acuerdos con actores distintos, el primero con el Gobierno Nacional, a través de la Agencia de Renovación del Territorio, el segundo con las Autoridades Municipales y Departamentales de la Subregión Chocó, el tercero entre las autoridades de Pueblos Étnicos, y en el cuarto se identificaron los compromisos comunes entre los anteriores actores.

 

El Mecanismo Especial de Consulta, MEC, del Chocó se protocolizó ante las autoridades y delegados ante la instancia interétnica de participación por la ART el 4 de diciembre de 2020. En este proceso de concertación se identificaron las propuestas realizadas por las subregiones en las reuniones realizadas entre los meses de octubre y noviembre de 2020. En este escenario, se construyó además el reglamento interno de MEC Chocó y se realizó el acto de posesión de los 32 integrantes para un periodo de dos (2) años.

 

El Grupo Motor constituido para la subregión del Chocó, se consolidó en las asambleas Municipales realizadas en el año 2018, tuvo en cuenta los sectores representativos de las comunidades, como son: Mujeres, Jóvenes, organizaciones de Víctimas, Consejos Comunitarios, Resguardos Indígenas, Asociaciones productivas, Juntas de Acción comunal y Representantes de las Administración Municipales; sus funciones están orientadas a representar y ejercer junto con sus compañeros/as la vocería del pilar que representan, hacer una selección de las necesidades más urgentes de sus comunidades, para su pronta implementación, a partir del compromiso del cumplimiento de estas en los Planes de Desarrollo, y proponer acciones de seguimiento y veeduría a los compromisos derivados del proceso de planeación participativa comunitaria, municipales y a los proyectos.

 

Hallazgos:

 

El cumplimiento es medio, sí bien es cierto que las comunidades participaron en la fase de concertación de la ruta étnica y construcción de los pactos comunitarios y municipales, no sucedió así en el proceso de priorización para el periodo 2020-2021, realizada entre los gobiernos territoriales y la ART sin un proceso de participación real con las comunidades y autoridades étnicas involucradas[23]. Esto no permitió, según las autoridades étnicas, una priorización aterrizada a las demandas actuales de las comunidades que, tienen en cuenta las dinámicas propias de los pueblos étnicos en términos de etnodesarrollo, construcción de paz y fortalecimiento de los gobiernos propios. Esto ha conducido, entre otras graves fallas, a la falta de interlocución y concertación con los pueblos étnicos y sus representantes en la fase de formulación, estructuración y ejecución de los proyectos a desarrollar en las comunidades.

 

En cuanto a la valoración de la participación comunitaria de los pueblos étnicos en la implementación del PDET Chocó, se evidencia que los líderes y lideresas casi de forma general desconocen los proyectos proyectados y/o ejecutados en sus territorios. Además, consideran que no existe hasta la fecha una articulación efectiva entre las organizaciones étnicas y las administraciones municipales. Determinan que, a pesar de la importancia del monitoreo y la veeduría por parte del Grupo Motor, no ha sido hasta ahora operativo frente a su función de seguimiento a la ejecución del PDETE, debido principalmente a la desconexión y exclusión de la implementación del PATR en la subregión Chocó.

 

De otro lado, es preocupante que los Grupos Motores del PDET subregión Chocó, no han contado con los recursos técnicos y financieros, ni con el fortalecimiento organizativo para cumplir con las funciones que les fueron designadas. Esta debilidad organizativa en los Grupos Motor es significativa, en especial si se tiene en cuenta la cantidad de iniciativas que requerirían de un seguimiento puntual para verificar su correcto seguimiento, incluso la necesidad de desarrollar veedurías en proyectos estratégicos que requerirían de una atención especial tanto por su centralidad en términos de los derechos relacionados con su correcta ejecución como por la cantidad de recursos públicos en ellos invertidos.

 

Además, existe la alerta frente a la presentación de los informes de seguimiento, sí bien el PMI cuenta con un indicador que establece que la ART debe presentar “informes de seguimiento anuales de acceso público que reporten el avance de implementación de los PATR”, hasta el momento no se han presentado estos informes en la Subregión PATR Chocó y los Grupos Motores no cuentan con este importante insumo de rendición de cuentas para facilitar su trabajo.

 

Cabe anotar que, aunque ya se instaló el MEC en la subregión Chocó a la fecha esta instancia tan solo ha realizado dos secciones ordinarias, debido a que no se disponen de los medios recursos financieros y los medios necesarios para que los delegados de esta instancia cuenten con las garantías necesarias para desarrollar sus funciones. Como parte de los avances del MEC se desataca la aprobación del reglamento interno de esta instancia y la elaboración de su plan de trabajo.

 

Punto 2. Participación Política: apertura democrática para construir la paz

El punto dos (2) del Acuerdo incluye la ampliación democrática, la participación y la toma de decisiones de la sociedad colombiana, como aspectos fundamentales para la construcción de la paz en el país. En este punto se propone, el fortalecimiento de las organizaciones y movimientos sociales, y el robustecimiento de los espacios de participación ciudadana para la incidencia y la efectividad en la democracia.

 

El Capítulo étnico, en materia de participación consagra que “Se garantizará la participación plena y efectiva de los representantes de las autoridades étnicas y sus organizaciones representativas en las diferentes instancias que se creen en el marco de la implementación del Acuerdo Final, en particular las consagradas en el Punto 2 y las instancias de planeación participativa. Asimismo, incluye adoptar las medidas suficientes para garantizar la inclusión de candidatos de los pueblos étnicos en las listas de las Circunscripciones Territoriales Especiales de Paz, CTEP, cuando coincida en sus territorios.

 

Son diez (10) temas que incorporan en este punto del Acuerdo Final de Paz y el Capítulo Étnico, a continuación se mencionan: i) despliegue preventivo de seguridad para lideres y lideresas de organizaciones y movimientos sociales y defensoras(as) de derechos humanos, ii)Consulta Previa Libre e Informada, CPLI, en proyectos de ley y ajustes normativos para garantías y promoción de la participación, iii)participación étnica en los ajustes normativos relacionados con la garantía de los derechos a la libre expresión, protesta, movilización y otras formas de expresión ciudadana y social, iv)implementación de estrategias y programas de formación y fortalecimiento de la cultura política y derechos humanos, v)participación étnica en el Consejo Nacional para la Reconciliación y la Convivencia y los Consejos Territoriales de Planeación, vi) creación y promoción de veedurías ciudadanas y observatorios de transparencia  en territorios étnicos, vii) condiciones para ejercer el derecho al voto en los territorios étnicos, viii)participación étnica en los medios de comunicación comunitaria, institucionales y regionales, ix)promoción de la participación y liderazgo de la mujer étnica en la política, y x) capacidades y estrategias para hacer parte de los ejercicios de elección de las Circunscripciones Transitorias para la Paz.

 

Grafica 6: Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Dos (2) del Acuerdo de Paz

 

Fuente: FISCH basado en el Punto dos (2) y el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz

 

 

En materia de Participación Política, el Plan Marco de Implementación (2018) cuenta con 8 metas trazadoras y 29 indicadores, para el desarrollo del balance de la implementación de este punto, se decidió tomar una de las metas prioritarias desde la visión étnica a saber, garantías para la participación política y la protección de líderes y lideresas con enfoque étnico, en esta meta se tiene una calificación sin ninguna evidencia de la implementación.

 

Tabla 5: Balance de la implementación Punto Dos (2) sobre Participación Política

 

Meta propuesta Implementación
Garantías para la participación política y la protección de líderes y lideresas con enfoque étnico Sin ninguna evidencia

Fuente: FISCH a partir de información del Capítulo Étnico y el Punto Dos (2) del Acuerdo Final de Paz

 

La participación para las comunidades étnicas debe ser entendida en dos sentidos, de un lado, en relación con el cierre de brechas para el acceso, representación y participación en los espacios de toma de decisión, el ejercicio del de­recho al voto, y también en relación con la representación y acceso a la información pública para una participación efectiva, libre e informada, que incorpore el fortalecimiento de las instituciones propias, mecanismos para la articulación interinstitucional y el reconocimiento de una cultura democrática interétnica e intercultural.

De manera articulada, la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó incorporó dos ejes estratégicos relacionados con la participación política y los mecanismos para fortalecer los espacios propios de los pueblos étnicos; el eje fortalecimiento organizativo tiene el objetivo de fortalecer la estructura democrática, con espacio para que las organizaciones étnico territoriales, urbanas y sociales del Chocó, participen, deliberen y tomen las decisiones sobre las acciones conjuntas y la agenda común para el desarrollo de la vida digna y el “buen vivir” en su territorio. De otro lado, el Eje Equidad de género y generación propone generar espacios y mecanismos para la participación de las mujeres y los jóvenes en la toma de decisiones permitiendo su expresión plena y en pie de igualdad, tanto en los espacios del hogar, públicos, organizativos, de formación y movilización.

 

En relación con la protección a líderes y lideresas étnicas, los últimos informes destacan que en el actual contexto de “Emergencia Humanitaria” declarada en el Chocó por la Defensoría del Pueblo en la Resolución 064 del año 2014, los asesinatos a miembros de las comunidades, líderes étnicos y sociales, y las desapariciones forzadas, es una situación que los grupos armados ilegales han intensificado para imponer el terror y el miedo hacia las comunidades y sus líderes y lideresas. Para hacer frente a esta situación, la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó, en el capítulo de los jóvenes establece continuar con los procesos de formación a líderes y lideresas juveniles en todo lo relacionado con la defensa del territorio y con la recuperación de la dignidad de los pueblos afros, indígenas y mestizos, que brinden herramientas de luchas pacíficas para los procesos territoriales.

 

En referencia a el SIIPO se reflejan 10 indicadores relacionados para el punto dos (2) con el tema étnico, tres de ellos señalan el estado de avance en 100%, dos por encima del 70% y los cinco restantes no señalan avance alguno. En el indicador Pueblos y comunidades étnicas formados en temas de control social y veedurías para el departamento del Chocó, a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública, manifiesta haber realizado dos talleres de formación, en lo corrido del año 2021, el 29 de julio el taller contó con la participación del resguardo Wounaan de Papayo; y en el mes de abril la participación fue de tres pueblos étnicos de la comunidad Afrocolombiana, a saber: i) Consejo laboral afrocolombiano choco juventudes, ii) el Consejo Comunitario Los Delfines, y iii) el Consejo Comunitario Acadesan Vida, Territorio y Derechos.

 

De igual manera, durante el mes de marzo, el Departamento Administrativo de la Función Pública manifestó identificar los territorios a priorizar en la vigencia 2021, en conjunto con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, a través de la aplicación de un formulario en línea y un taller de concertación, como resultado del ejercicio en el departamento del Chocó se priorizó al municipio de Istmina.

 

Así mismo, durante el año 2020, la entidad manifiesta haber realizado el diseño y la adecuación de los talleres de formación en control social orientado a pueblos y comunidades étnicas, con acciones de concertación y retroalimentación con grupos, mesas e instancias especializadas con: i) Redes para la garantía de los derechos a la vida e integridad de defensores y defensoras de derechos humanos y sus organizaciones afrocolombianas e indígenas en Chocó, ii) grupo que hace seguimiento a los PDET de 14 municipios del Choco y Antioquia, y iii) sesiones de articulación con el Foro Interétnico de Solidaridad con el Chocó, FISCH.

 

En el caso del indicador Espacios en emisoras que hacen parte de Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, destinados a la divulgación de los contenidos propios de los pueblos étnicos, señala la entidad que, durante la vigencia de 2021 programó un total de 300 espacios en emisoras, sin embargo, el Chocó no aparece como parte de los departamentos invitados a ocupar estos espacios[24].

 

Hallazgos:

Aunque los espacios creados en el Chocó existen, el balance se registra sin ninguna evidencia de implementación, ya que no se muestran avances en las garantías para la participación política y la protección de líderes y lideresas con enfoque étnico, por parte del Estado en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz y el Capítulo Étnico, lo cual se debe en gran medida al poco avance general de la implemen­tación del punto dos.

 

De esta manera, la inacción del Estado para promover y fortalecer la participación y los liderazgos étnicos se encuentra en riesgo de regresión, bajo el actual contexto en el Chocó de “Emergencia Humanitaria” recientemente declarado por el Defensor del Pueblo. Por ejemplo, recientemente líderes étnicos del Chocó que aspiran a la curul de paz, manifestaron que, no solo le temen al recrudecimiento de la violencia y la reconfiguración del conflicto armado, sino a que los caciques políticos tradicionales se apoderen de los escaños en el Congreso para las víctimas[25].

 

En relación con la participación política cabe destacar que, el  informe de la Contraloría General de la República identifica dos pilares el 2.2 y el 2.3,  en correspondencia con los mecanismos democráticos de participación ciudadana, al respecto la Contraloría informa que a pesar de ser el pilar con mayor asignación presupuestal, en referencia a los otros pilares, el avance no  corresponde con las necesidades presentadas por el pilar[26], a esto se suma el actual contexto, donde la protesta social y la participación política está siendo criminalizada y censurada.

 

El mismo informe de la Contraloría, en el pilar 2.3 verifica la participación en política con seguridad, en este punto determina que existen pocos avances en las creación e implementación de  estrategias necesarias para garantizar el derecho al voto de los Pueblos étnicos en las zonas más apartadas y de difícil acceso en el país[27], por ejemplo:  en la reforma del régimen y de la organización electoral y en la creación de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, escenarios en los que se han visto las mayores afectaciones para los Pueblos étnicos en materia de garantías y resarcimiento de derechos; se interpreta que esta afectación, entre otras, se generan por la tardía acción administrativa y los vacíos en la expedición del Acto Legislativo que creó la CTEP y la reconfiguración del conflicto armado en los territorios.

 

En relación con la protección de líderes y lideresas hay una fuerte alerta y se manifiesta regresividad, debido al aumento del asesinato de líderes y lideresas sociales del país, en particular de las comunidades étni­cas. Aunque se determina que existen medidas colectivas de protección, éstas no han estado articuladas con los sistemas propios de protección de las comunidades étnicas. Por lo menos 982 líderes, lideresas sociales y autoridades étnicas fueron asesinados entre enero de 2012 y junio de 2021[28].  En datos del Observatorio de DDHH, Conflictividades y Paz, del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, INDEPAZ, en el Chocó en lo corrido del año 2021, han sido asesinados diez (10) líderes y líderesas étnicos, siete (7) corresponden a indígenas y tres (3) afrodescendientes[29].

 

En este tema, la Contraloría General de la República, en ese mismo informe, destaca que el Pilar 2.1 que hace referencia a las garantías de seguridad para el ejercicio político, es el que menos ejecución presupuestal presenta, no se han creado los componentes que ya deberían de estar funcionando, para prevenir los homicidios de líderes y lideresas sociales e identificar el surgimiento y penetración territorial del crimen organizado que limita la libertad política en los territorios y no se evidencian tampoco, estrategias encaminadas a la creación de los componentes, en un futuro próximo..

 

Teniendo en cuenta la información contenida en el SIIPO, es pertinente mencionar que,  aunque en la plataforma se indica un estado de avance al 100% para tres indicadores, para el FISCH estos indicadores necesitan tener mayores acciones con las comunidades de base en el Chocó, principalmente en lo relacionado con el indicador “pueblos y comunidades étnicas formados en temas de control social y veedurías”, dado que los talleres realizados durante la vigencia 2021 para el departamento del Chocó, no son garantía real de la formación para el control social y las veedurías ciudadanas, principalmente en uno de los departamentos con mayores dificultades de acceso a información y a tecnologías de procesamiento de datos.

Punto 3. Fin del Conflicto

El Acuerdo Final en el Punto 3, Fin del Conflicto, incluye la apertura democrática para construir la paz, con la implementación de medidas efectivas para garantizar una plena participación política y ciudadana en condiciones de seguridad, con el compromiso de la dejación de las armas para el ejercicio de la política. Este acuerdo implicó el cese al fuego, puso alto a las hostilidades bilaterales de manera definitiva y exigió la dejación de las armas.

El Acuerdo de Paz en este punto, determina que las partes acordaron garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atenta contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción de paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la implementación de un programa Integral de Seguridad y Protección para las comunidades y organizaciones en los territorios, lo que implica asegurar el desminado de minas antipersonal de los territorios afectados[30].

EL Capítulo Étnico promovió el reconocimiento de los pueblos étnicos como afectados gravemente por el conflicto armado interno, población para la que debe propiciarse las máximas garantías para el ejercicio pleno de sus derechos humanos y colectivos en el marco de sus propias aspiraciones, intereses y cosmovisiones. En materia de Garantías de Seguridad establece el diseño e implementación del Programa de Seguridad y Protección para las comunidades y las organizaciones en los territorios desde una perspectiva étnica y cultural. Adicional, se garantizará el fortalecimiento de los sistemas propios de los pueblos étnicos, reconocidos a nivel nacional e internacional como la Guardia Indígena y la Guardia Cimarrona[31].

Grafica 7: Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Tres (3) del Acuerdo de Paz

Fuente: FISCH basado en el Punto 3 y el Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz

 

En este punto del acuerdo se incorporaron 10 indicadores étnicos y tres metas trazadoras a alcanzarse en el periodo 2017-2027, para la presente evaluación se toman dos metas, el programa especial de armonización y las Garantías de seguridad y protección incluyendo fortalecimiento de sistemas propios, ambas se encuentran sin ninguna evidencia en la implementación.

Tabla 6: Balance de la implementación Punto Tres (3) sobre Fin del Conflicto 

 

Meta propuesta Implementación
Programa Especial de Armonización Sin ninguna evidencia
Garantías de seguridad y protección que incluya el fortalecimiento de sistemas propios Sin ninguna evidencia

Fuente: FISCH basado en el PMI del Acuerdo de Paz

 

  1. Programa Especial de Armonización

El programa especial de armonización con los pueblos étnicos busca la atención diferencial de las personas de comunidades étnicas en proceso de reincorporación, así como para las comuni­dades étnicas receptoras, se debe tener en cuenta que hay una presencia de población étnica significativa entre las personas en proceso de reincorporación y que muchos de ellos han regresa­do a zonas vulnerables y con presencia de grupos armados, por lo que esta población se ve enfrentada a riesgos de nuevos reclutamientos.

En el año 2020, se construyó la propuesta del ‘Programa especial de armonización para personas pertenecientes a grupos étnicos con enfoque diferencial étnico y de género’, realizados por la OPIAC y la OIM. Asimismo, se hizo el envío de propuestas base del ‘Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Indígena y de Género.

En los indicadores del SIIPO se registran dos indicadores asociados al programa especial de armonización, como son: i) el programa especial de armonización para la reintegración y reincorporación social y económica con enfoque diferencial étnico y de género concertado, diseñado e implementado, y ii) Mujeres excombatientes pertenecientes a pueblos étnicos beneficiarias del programa especial de armonización para la reintegración y la reincorporación; se debe desatacar que ambos indicadores se  encuentran bajo la responsabilidad de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, pero por ahora no existe nivel de avance.

Para el FISCH como plataforma de las organizaciones étnico territoriales en las 5 subregiones del departamento del Chocó, la  situación  de  derechos  humanos tras la firma del Acuerdo  de  Paz  entre el  gobierno   colombiano y las FARC–EP se ha agravado en los territorios, debido a que las zonas ocupadas por la guerrilla de las FARC-EP entraron en disputa por otros actores armados ilegales, como el Ejército de Liberación Nacional (ELN), las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) y el Clan del Golfo, afectando así las dinámicas sociales, políticas, económicas y desestabilizando la vida cotidiana de la población civil, tanto en zonas rurales como urbanas. A esta situación se añade el incremento y agudización de hechos de violencia desde el levantamiento de la Mesa de Negociaciones con el ELN.

Es pertinente resaltar que, en el Departamento del Chocó, en las veredas Brisas y La Florida en los municipios de Carmen del Darién y Riosucio, al igual que en la vereda de Vidrí del municipio de Vigía del Fuerte en Antioquia, territorio colectivo del Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Atrato, Cocomacia, se instalaron Puntos Transitorios de Normalización, PTN, como parte de una de las Zonas Veredales de Normalización Transitorias, ZVTN, establecidas en el punto tres del Acuerdo, administrada por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, ARN.

En este Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación, ETCR, en el Carmen de Darién y Riosucio se trabajó el proyecto de autoconsumo construcción de drenaje y la adecuación de vías para el tráfico ligero; además de la producción productiva con 11 excombatientes formados como técnicos agropecuarios; cabe destacar que a la fecha no se tiene mayor información sobre el desarrollo de estos espacios territoriales.

Hallazgos

Trascurrido más de (2) años desde la entrega del censo socioeconómicos realizado por la Universidad Nacional, el cual contiene la información requerida para facilitar el proceso de reincorporación integral de las FARC – EP a la vida civil, no existe evidencia de la construcción e implementación de una política de reincorporación efectiva que incluya el enfoque étnico y de género, como lo establece el Acuerdo Final, esto aplica a nivel nacional y para el departamento del Chocó.

No se garantiza el Derecho fundamental a la Consulta Previa en todos y cada uno de los procesos y procedimientos administrativos y legislativos.

Se evidencia dificultad entre el programa de armonización con el CONPES 3931 de 2018, su plan de acción y seguimiento, según lo resaltado por las vocerías del CNR FARC, al igual de la débil adopción del enfoque étnico en la Agencia para la Reincorporación y Normalización – ARN- y el Consejo Nacional de Reincorporación-CNR-, que permita visibilizar acciones concretas y diferenciadas.

No hay lineamientos y directrices para la regulación de los proyectos productivos y sociales que beneficien a las y los excombatientes étnicos y sus familias dentro y fuera de los AETCR.

La Instancia de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, no se reunión mensualmente. A parte de ello no hay realmente un seguimiento a una política pública y criminal en materia de desmantelamiento de organizaciones paramilitares y similares.

  1. Garantías de seguridad y protección que incluya el fortalecimiento de sistemas propios

En cuanto a las Garantías de seguridad y protección, incluyendo el fortalecimiento de sistemas propios para los pueblos étnicos, existe una máxima alerta de mecanismos de seguridad y protección en el departamento frente a la grave violación de derechos humanos. El informe CODHES mostró que el 43% de las agresiones contra líderes sociales y defensores de derechos humanos afectaron a líderes de las comunidades étnicas y que, aproximadamente 19,7% del total de dichas agresiones afectaron a las mujeres. En total, de acuerdo con el sistema de información de CODHES, entre noviembre de 2016 y diciembre 2019 fueron agredidos 300 líderes étnicos y aproximadamente el 45,7% de la población desplazada pertenece a grupos étnicos[32].

En los indicadores del SIIPO se registran tres indicadores asociados con las garantías de seguridad y protección, como son: i) Sistema de Prevención y Alerta para la reacción rápida con enfoque territorial, diferencial y de género, reglamentado e implementado, con un porcentaje de avance del 100%; ii) Número de imputaciones sobre casos de población indígena, NARP y Rrom priorizados por la Unidad Especial de Investigación para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales, con un porcentaje de avance del 82%; y iii) Número de casos priorizados en los que los afectados sean integrantes de comunidades indígenas, NARP y Rrom expuestos en informe de gestión de la Fiscalía, con un estado de avance del 60%; el primero a cargo de la Defensoría del Pueblo y los dos siguientes bajo la responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación.

El Sistema de Prevención y Alerta para la reacción rápida con enfoque territorial, diferencial y de género se registra en el SIIPO con el 100% de estado de avance, en datos de la Defensoría del Pueblo el Sistema de Alertas Tempranas, SAT, incluyó las alertas relacionadas con la protección los derechos de los grupos étnicos con cubrimiento en 25 departamentos y 88 municipios del país. Desde el año 2018, la entidad señala haber presentado alertas tempranas a grupos étnicos con sus recomendaciones al gobierno nacional, esto con el propósito de superar los riesgos de violaciones de Derechos Humanos que se identificaron.

Para el caso del departamento del Chocó, la Defensoría del Pueblo, registra haber presentado las siguientes alertas tempranas de tipo estructural e inminencia:

  1. Marzo de 2020 en los municipios de Carmen del Darién, Riosucio y Juradó;
  2. Junio de 2020 en los municipios de Bahía Solano, El Cantón del San Pablo, Cértegui, Río Quito;
  3. Septiembre de 2020 en el Bajo Baudó;
  4. Diciembre de 2020 para todo el departamento del Chocó;
  5. Septiembre de 2021 para todo el departamento del Chocó;

Es pertinente resaltar que, aunque el SAT se ha encargado de emitir alertas tempranas en los tipos estructural y de inminencia para grupos étnicos en el departamento del Chocó; también es pertinente indicar que el SAT debe incorporar el enfoque de género en dicho sistema, para que se cumpla al 100% con la implementación de dicho indicador.

De acuerdo a la plataforma organizativa del FISCH, la violencia sistemática contra defensores de derechos territoriales en Colombia es una práctica sistemática, para desarticular la lucha por la defensa de los derechos de los Defensores de Derechos Humanos y Territoriales. Se identifican dos tipos de patrones de violencia, uno que ocurre al margen del aparato estatal y otro relacionado con las instituciones del Estado, en ese sentido, no es posible identificar un autor único o un plan que desarrolle de forma centralizada, además que se desconoce su vinculación como parte del problema, atribuido al abandono estatal y acciones efectivas para la protección de derechos territoriales.

En el departamento del Chocó, según lo establece la Defensoría del Pueblo en el Comunicado 169 de 2021, la confrontación de los grupos armados ilegales, con corte al 13 de septiembre, durante lo corrido de 2021, recogió el reporte de 94 eventos masivos de confinamiento que han afectado a 27.701 personas de 6.641 familias, pertenecientes a 81 comunidades indígenas y 13 afrodescendientes. También se han registrado 18 eventos de desplazamiento forzado, 11 en comunidades indígenas y 7 en afrodescendientes, ocurridos en nueve municipios: Bagadó, Bahía Solano, Alto Baudó, Nuquí, Bojayá, Carmen de Atrato, Bajo Baudó, Medio San Juan y Litoral de San Juan. En total, en el mismo lapso, tuvieron que dejar sus territorios 5.943 personas, de 2.311 familias. Además, se ha verificado el desplazamiento intraurbano de 209 personas en 2021[33].

En datos de la Defensoría, la situación del Chocó es crítica, ya que, además de los desplazamientos, confinamientos y combates, fueron asesinados 15 ciudadanos en proceso de reintegración luego de la firma de paz, 7 de ellos en Quibdó. En 2020 fueron asesinaron 16 líderes sociales y en lo corrido del 2021 son 4 los líderes sociales asesinados[34].

Hallazgos

En relación con las garantías de seguridad y protección, no existe ninguna evidencia en la implementación para los pueblos étnicos, por el contrario, existe una máxima alerta de regresividad a los derechos fundamentales de los pueblos étnicos vinculados con el exterminio físico y cultural de las comunidades étnicas, dado que la situación humanitaria se ha recrudecido en varios de los territorios de pueblos indígenas, negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros, entre ellos los territorios del departamento del Chocó, lo que debilita los esquemas de seguridad brindados a los pueblos étnicos.

A pesar de que algunas medidas han sido tomadas por parte del Gobierno nacional, éstas no han sido suficientes para frenar el recrudecimiento del conflicto armado que impacta a las comunidades étnicas de forma desproporcional y diferenciada.

No hay medidas individuales y colectivas en proporción a la realidad de los casos, incluyendo a las guardias indígenas, cimarronas, a pesar de las alertas tempranas para salvaguardar la vida y tranquilidad de las comunidades étnicas en sus territorios.

No existe un programa de seguridad y protección efectivo para las comunidades y organizaciones étnicas en los territorios y tampoco se evidencia el fortalecimiento con perspectiva étnica y cultural de las guardias indígenas y cimarronas como sistemas de seguridad propios.

Punto 4. Solución al problema de drogas de uso ilícito

El Acuerdo Final en el punto 4, sobre la solución al problema de drogas ilícitas señala que, para construir la paz es necesario encontrar una solución final y definitiva al problema de las drogas ilícitas incluido la siembra de cultivos de uso ilícito, la producción, comercialización y el esclarecimiento de la relación entre producción, comercialización y conflicto armado, para ello propone tramitar lo siguiente: i) Programa de sustitución de cultivos de uso ilícito y Planes Integrales de Desarrollo con Participación de las comunidades; ii) tratamiento penal diferenciado; iii) programas de prevención del consumo y Salud Pública; iv) solución al fenómeno de producción y comercialización de narcotráfico, y v) Acción Integral contra las Minas Antipersonas.

Grafica 8: Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto 4 del Acuerdo de Paz

 

 

Fuente: FISCH basado en el Punto 3 y el Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz

 

En el marco de los compromisos en materia de solución al problema de drogas son nueve (9) metas y dieciséis (16) indicadores que se encuentran el Plan Marco de Implementación, PMI, como parte del proceso de transversalización del Capítulo Étnico del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El balance la implementación evidencia dos de las metas, una sin evidencia alguna de implementación y la otra con una evidencia baja de implementación, como a continuación se muestra en la siguiente tabla:

Tabla No. 7: Balance de la implementación – Punto Cuatro (4) Solución al problema de drogas de uso ilícito 

 

Meta propuesta Implementación
Programa Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, PNIS, con pueblos indígenas y afrodescendientes Sin ninguna evidencia
Programa de Desminado Humanitario en territorios indígenas y afrodescendientes Sin ninguna evidencia

Fuente: FISCH basado en el PMI del Acuerdo de Paz

 

  1. Programa Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, PNIS, con pueblos indígenas y afrodescendientes

El conflicto armado que se encuentra articulado a las economías ilegales, afectó de forma desproporcionada los derechos colectivos e individuales de los pueblos étnicos, lo cual produjo que la Corte Constitucional se pronunciara en los Autos 004 y 005 de 2009 de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004. La Corte Constitucional para el caso de los pueblos indígenas, Auto 004 de 2009, señala que, “el conflicto armado colombiano amenaza con el exterminio cultural o físico a numerosos pueblos indígenas del país”.

En el caso del pueblo afrodescendiente, la Corte Constitucional indicó en el Auto 005 de 2009 que, los grupos étnicos, en particular la población afrocolombiana, enfrenta una situación de alta vulnerabilidad por el conflicto armado interno. Se atribuyen a las FARC-EP, a grupos paramilitares y a paramilitares desmovilizados, casos de homicidios en persona protegida, amenazas, estigmatizaciones, desplazamiento forzado, toma de rehenes, reclutamiento forzado, ataques contra la población civil, restricciones al paso de alimentos, medicamentos, combustible y personas, accidentes y muertes a causa de minas antipersonal.

La fuerza pública por su parte, se atribuye casos de ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias y señalamientos contra miembros de comunidades afrodescendientes, acusándolos de ser miembros de la guerrilla. Se registraron denuncias según las cuales la fuerza pública impuso restricciones a la circulación de bienes y personas y ocupó bienes civiles como casas y escuelas.

Acorde a lo señalado por la Corte Constitucional, se puede inferir que las afectaciones del conflicto armado asociadas al problema de droga ilícitas son un factor de riesgo para la pervivencia física y cultural de los pueblos étnicos, lo cual conlleva a la regresividad de sus derechos colectivos e individuales.

La reglamentación del punto cuatro (4), se realizó acorde a lo establecido en el Decreto ley 896 de 2017 por el cual se crea el Programa Nacional Integral de Sustitución de cultivos de uso ilícito, PNIS, que será implementado a través de los Planes Integrales Comunitarios y Municipales de Sustitución y Desarrollo Alternativo, PISDA, priorizo los siguientes temas: (i) los territorios que estén en zonas del Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET; (ii) densidad de cultivos de uso ilícito y de población; (iii) Parques Nacionales naturales; y (iv) comunidades que se hayan acogido al tratamiento penal diferencial.

Los PISDA tienen como componente los Planes de Atención Inmediata y de desarrollo de proyectos productivos, PAI, que determinan los acuerdos celebrados con las comunidades; en materia de obras de infraestructura rápida, sostenibilidad y recuperación ambiental, el plan de formalización de la propiedad, los planes para zonas apartadas y con baja concentración de población; y cronogramas, metas e indicadores del Decreto ley 896 de 2017. La implementación del PNIS se realiza por decisión voluntaria de las comunidades.

La institucionalidad responsable de la implementación de los PNIS y los PISDA, es la Presidencia de la República, a través de la Dirección para la Sustitución de Cultivos Ilícitos adscrita a la Alta Consejería Presidencial para el Postconflicto, las instancias territoriales de coordinación del PNIS son: i) consejo de asesores territoriales; ii) comisiones municipales de planeación participativa; y iii) consejos municipales de evaluación y seguimiento.

En el caso de los consejos comunitarios, el Sistema Integrado de Monitoreo de Cultivos Ilícitos UNODC/SIMCI, registra 158 territorios colectivos de comunidades negras, de estos territorios, 119 (75%) estuvieron afectados por la presencia de cultivos de coca, acorde al registro de la SIMCI, en estos consejos comunitarios existían 15.600 hectáreas de cultivos de coca[35].

De acuerdo con datos registrados por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito –UNODC- “El 39% de la coca está en la región Pacífico, la región más afectada”, en la cual, a su vez, se ubican cuatro de los cinco departamentos con mayor porcentaje de población étnica donde se relaciona el Departamento del Chocó. De otro lado, según el “Reporte sobre Drogas en Colombia”, los cultivos de coca en territorios de Consejos Comunitarios de Comunidades Negras corresponden al 16% frente al total nacional[36].

Según el informe de verificación de la implementación del Acuerdo Final de Paz en Colombia para los Verificadores Internacionales de la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación CINEP/PPP-CERAC, “Desde el lanzamiento del PNIS en enero de 2017, han sido vinculadas 123.225 familias por medio de acuerdos colectivos, de las cuales un poco más de la mitad (68.228 familias) cuentan con acuerdos individuales de sustitución”[37].

El Foro Interétnico Solidaridad Chocó – FISCH considera que la problemática de drogas ilícitas ha sido un factor fundamental en las dinámicas del conflicto armando en las 5 subregiones del departamento del Chocó. El cultivo, la producción y comercialización de la coca ha sido una fuente de financiación de grupos armados ilegales y de organizaciones criminales. La guerra contra las drogas ilícitas es fuente inminente de riesgo y amenaza para el goce efectivo de los derechos colectivos e individuales de los pueblos étnicos.

En el curso de la última década, el conflicto armado, reorientado por actividades relacionadas con el narcotráfico, que se desarrolla en Colombia se ha convertido en el principal factor de riesgo para la existencia misma de comunidades y pueblos indígenas en el Departamento del Chocó. De acuerdo con información de distintas entidades del Estado, los departamentos que mayores riesgos tienen por el asocio entre grupos armados, la criminalidad y el negocio de los cultivos de uso ilícito son Cauca y Chocó, departamentos donde confluyen pueblos indígenas, negros y afrodescendientes.

De acuerdo con la información de la Agencia de Renovación del Territorio, ART, el Observatorio de Drogas de Colombia, ODC y el Sistema Integrado de Monitoreo de Cultivos Ilícitos SIMCI/UNODC con corte a 31 de diciembre de 2019, a nivel nacional se contabilizan 40 resguardos indígenas en los que se llevan a cabo procesos de erradicación voluntaria mediante el programa PNIS, 23 de estos resguardos se concentran en la región Pacífica en los departamentos de Chocó, Valle, Cauca y Nariño[38].

Hallazgos:

La meta de este punto del Acuerdo de Paz, se considera sin ninguna evidencia, debido al actual estancamiento en la implementación de los PNIS, esto se atribuye principalmente a la poca voluntad política del actual gobierno nacional, ya que ha preferido por distintas vías seguir priorizando y posicionando en el debate la erradicación forzosa y la fumigación por aspersión aérea con glifosato; lo anterior se encuentra atravesado por el crecimiento sostenido de las distintas estructuras armadas en los territorios, entre ellas la fuerza pública, genera vulneraciones a los derechos de las comunidades, en ese sentido se evidencia un incremento de las violencias contra líderes y lideresas sociales, defensores y defensoras de Derechos Humanos.

De igual manera es evidente que el PNIS, se encuentra desfinanciado, de 1.200 Billones que se necesitaban para este año, solo apropiaron $300.000 millones[39], ésta es una manifestación más de que el gobierno no tiene voluntad para la implementación de este programa del Acuerdo de Paz, desde el gobierno no se tienen propuestas o soluciones para mejorar y avanzar en su implementación.

Adicional a lo anterior, no existe un enfoque Transversal Étnico al interior de los 3 Pilares del Punto 4 PNIS, “Programas de prevención del consumo y de salud pública” y “Solución al fenómeno de producción y comercialización de narcóticos”. Además, no hay claridad sobre los procesos de consulta y concertación del PNIS en los 6 territorios étnicos de los que presenta información el gobierno nacional.

  1. Programa de Desminado Humanitario en territorios indígenas y afrodescendientes

La presencia de minas antipersona es un fenómeno fuertemente ligado a los cultivos ilícitos, debido a que son los grupos armados ilegales quienes cercan los sembrados con estos dispositivos para evitar la entrada de fuerzas armadas o población, esta situación pone en riesgo la vida de las comunidades que habitan el territorio, en cifras de Descontamina Colombia, del Alto Comisionado, durante 2020 se registraron 165 víctimas de minas antipersona en Colombia. En su mayoría son pueblos étnicos, que se obligan a estar confinados y limitan su libre circulación en el territorio[40].

De acuerdo con el PMI, la principal entidad a cargo del desarrollo e implementación de los programas de desminado humanitario es la Dirección para la Acción Integral Contra Minas Antipersonal, DAICMA, definió un Plan de Intervención de desminado con enfoque diferencial en el cual priorizó los territorios colectivos de grupos étnicos. Este plan identificó que existen 140 resguardos indígenas y 63 Consejos Comunitarios afectados, en total son 203 territorios étnicos afectados, cifras que estarían en aumento en atención a la dinámica de recrudecimiento del conflicto armado en algunas regiones del país.

La situación de las minas antipersona en el Chocó es grave, como parte de la violencia desplegada por los actores armados se registró el uso indiscriminado de minas antipersonal en su confrontación con el Estado. Según lo constató el SAT en su informe 011-18 del 24 de enero de 2018, “los frentes 34 y 57, y las columnas móviles del desmovilizado grupo insurgente que hicieron presencia en Chocó, procuraron detener el avance del Ejército Nacional y protegieron zonas de cultivos de hoja de coca y de explotación minera, zonas campamentarias y caminos estratégicos para la movilidad y el abastecimiento de tropas con la instalación de minas antipersona y artefactos explosivos improvisados”[41].

En investigación del medio de prensa Verdad Abierta, “En Chocó, la siembra indiscriminada de estos artefactos dejó, entre enero de 1997 y el 31 de octubre de 2019, un saldo de 161 víctimas, según estadísticas del Programa Descontamina Colombia, adscrito a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. Del total de víctimas, 87 se registraron como civiles y 74 como integrantes de la Fuerza Pública. Como resultado de las lesiones, perdieron la vida 37 personas, 15 de ellas de la Fuerza Pública, y 22 civiles, entre los que se destacan seis menores de edad”[42].

En el mes de septiembre de 2021, La Procuraduría le exigió al Gobierno reevaluar las condiciones de seguridad del desminado humanitario en Chocó y Antioquia, ya que 18 indígenas Embera Katío fueron víctimas de los artefactos, la estrategia quedó a cargo del Alto Comisionado para la Paz[43].

Sin embargo, a pesar de la grave situación de minas antipersona que se encuentran cercanas a los territorios, principalmente étnicos, el director de la campaña Colombiana Contra Minas, Álvaro Jimenes Millán, determinó que, “Por las condiciones actuales, el Chocó es un departamento donde no se puede desarrollar ningún tipo de actividad relacionada con el desminado humanitario”, en ese sentido el cumplimiento de este acápite del Acuerdo de Paz y el Capítulo Étnico son sin ninguna evidencia en su implementación.

Hallazgos

Es pertinente reiterar que, no existe ninguna evidencia en la implementación del programa de desminado humanitario, acordada con los grupos étnicos, por lo tanto, puede concluirse que es casi nulo los avances en las jornadas de desminado en los territorios afectados, ya que la intensificación del conflicto armado en los territorios no permite el acceso de la institucionalidad.

En relación con el total de compromisos para el desminado en los territorios étnicos, acordado para el periodo 2021, no ha sido efectivo y se desconoce si los avances fueron consultados y concertados con las autoridades étnicas.

Punto 5. Acuerdo de las víctimas del conflicto armado

En materia de implementación del “Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto, Punto 5°, aplicado a grupos étnicos, el Plan Marco de Implementación, PMI, determinó cinco metas: i) Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR, ii) La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Convivencia, iii) Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, y iv) Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, UBPD, v)las medidas de reparación integral a las víctimas, y vi)las garantías de no repetición.

El capítulo Étnico propone garantizar la participación efectiva, el Consentimiento Previo Libre e Informado, las funciones jurisdiccionales de las autoridades tradicionales dentro de su ámbito territorial, además de la incorporación de la perspectiva étnica y cultural dentro del SIVJRNR, a continuación, se muestra en el siguiente gráfico las metas y las garantías establecidas en el Capítulo Étnico.

Grafica No. 9: Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto Cinco (5) del Acuerdo de Paz

 

Fuente: FICH con base el capítulo étnico y el punto 5 del Acuerdo de Paz

 

Las metas e indicadores étnicos en el PMI en relación con la política de víctimas, incorporó 22 indicadores étnicos para el período 2017-2027, de los cuales 9 fueron acordados y 12 no tuvieron acuerdo entre el gobierno y los pueblos étnicos. La calificación es media en relación con la implementación del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR, desde la visión étnica para el Chocó.

 

Tabla No. 8: Balance de la implementación –

Punto Cinco (5) sobre acuerdo de las víctimas del conflicto armado 

 

Meta propuesta Implementación
Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR

9.            La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición,

10.          Jurisdicción Especial para la Paz, JEP

11.          Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, UBPD,

Media

Fuente: FISCH basado en el PMI del Acuerdo de Paz

 

Con la conformación del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición, SIVJRNR, a partir de la sanción del Acto Legislativo 01 del 4 de abril de 2017, se puso en marcha uno de los componentes fundamentales del Acuerdo de Paz.

El SIVJRNR está integrado por un componente de justicia que es la JEP y dos mecanismos adicionales que son: la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, y la Unidad de Búsqueda para Personas dadas por Desaparecidas, UBPD.

La JEP adoptó el reglamento correspondiente para grupos étnicos (Jurisdicción Especial para la Paz, 2018), que contiene: i) la formulación del principio de “Enfoque diferencial, territorial, étnico y de género” (artículo 3°); ii) la creación de la Comisión Étnica, conformada por magistrados y magistradas de la JEP pertenecientes a grupos étnicos, la Dirección de la Unidad de Investigación y Acusación, el Secretario Ejecutivo o Secretaria Ejecutiva, la Presidencia de la JEP y dos Magistrados o Magistradas seleccionados por la plenaria (artículo 103), iii) la armonización de la JEP con la Jurisdicción Especial Indígena (parágrafo 3 del artículo 44 y capítulo 15) con énfasis en la coordinación con otras justicias étnicas, Convenio 169 de la OIT y los Decretos Leyes 4633, 4634 y 4635 de 2011 (artículo 94), iv) la incorporación del enfoque étnico en el Grupo de Análisis de Información (artículo 74), y v) la garantía al derecho fundamental a la Consulta previa (Artículo 131).

Frente a este proceso institucional, los movimientos de los pueblos indígenas y afrodescendientes a través de la Comisión Étnica de paz se movilizaron con esfuerzos reiterativos para el posicionamiento de los principios étnicos para posibilitar que el Comité de Escogencia estableciera la vinculación de afrodescendientes en un 9% del personal a ocupar en las magistraturas de la JEP, un magistrado afrodescendiente en el Tribunal para la Paz y 3 magistrados en las Salas de Justicia, esto con el propósito de que fundamentos y los procesos étnicos fueron acogidos en estas instancias.

En el proceso de escogencia de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad se incluyeron los criterios étnicos, como resultado se seleccionaron dos mujeres étnicas (afrodescendiente e indígena), como parte de los once comisionados que la integran.

Los anteriores reconocimientos, en la vinculación de profesionales étnicos no solo representa el liderazgo de los movimientos étnicos en el país, sino que, su admisión tiene la gran oportunidad de garantizar la implementación del Capítulo Étnico en cuanto a este punto del Acuerdo de Paz se refiere.

 

En Chocó las diferentes instancias creadas en el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR, resultaron ser la oportunidad de la búsqueda de justicia para las víctimas del conflicto armado, por ejemplo, esto se evidencia en la entrega del informe sobre despojo y racismo en el Chocó, entregado a la JEP y la Comisión de la Verdad por el CINEP, con el propósito de buscar esclarecer y que se haga justicia frente al despojo de tierras en el Consejo Comunitario de los ríos La Larga y Tumaradó en los años 90´s[44].

Asimismo, más de 700 familias de Riosucio – Chocó presentaron un informe ante la JEP, donde denuncian los crímenes, las graves violaciones a los derechos humanos y la victimización de las familias parte de los consejos comunitarios de Domingodó y Salaquí, en el marco del conflicto armado[45]. De igual manera, en diciembre del 2020, COCOMACIA entregaba a la JEP el informe denominado ““Cocomacia no se rinde” por la defensa al derecho a una vida digna y armónica en el territorio”, este informe recogió la memoria sobre los hechos victimizantes del desplazamiento forzado que ha vivido el proceso organizativo y el Medio Atrato en general desde hace 38 años, incluyó el contexto actual frente ala situación de orden público, pandemia del Covid 19 y los desastres medio ambientales y climáticos. Con esto se espera que la JEP abra un macrocaso donde se declare a Cocomacia como sujeto colectivo víctima del conflicto armado[46].

Resulta pertinente resaltar que, líderes y lideresas del Chocó, también manifestaron tener miedo de presentar informes ante la JEP, por los riesgos a la vida que hay en el territorio. La situación fue publicada por la Unidad de Investigación y Acusación, UIA, de la JEP, en el comunicado donde se manifiestan las preocupaciones de los líderes sociales del Chocó por la presencia de grupos armados ilegales que podrían estar perjudicando su participación como víctimas ante la JEP[47]. Es pertinente señalar que la JEP no ha abierto ningún macrocaso relacionado con los crímenes cometidos en el conflicto armado en el Chocó, por ahora solo se ha abierto un macro caso sobre Urabá, con capítulos en Chocó y Antioquia.

 

Luego de un minucioso seguimiento al cumplimiento de los mecanismos establecidos en el SIVJRNR, el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, observa un importante rezago en la materialización de los derechos de las víctimas en las 5 subregiones del Departamento del Chocó, en ese sentido, el FISCH considera que, la debida aplicación del Plan Marco de Implementación del Acuerdo de Paz generaría las vías adecuadas que permitirían subsanar las deficiencias institucionales en la garantía del Goce Efectivo de Derechos de las víctimas étnicas, convirtiéndose en un mecanismo de confianza y gobernabilidad democrática en los territorios.

 

Hallazgos

El balance de la implementación es evaluada como media, ya que, aunque las entidades que componen el SIVJRNR han avanzado en el cumplimiento de la salvaguarda para respetar el ejercicio de las autoridades étnicas dentro de su ámbito territorial, entre otras, a través del reconocimiento de los Resguardos y Consejos Comunitario como sujetos colectivos y garantizando la participación directa de comunidades y representantes en las instancias del Sistema, también se incluyó el diseño de protocolos en la JEP, la metodología en la La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, CEV y los planes étnicos en la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, UBPD.

Sin embargo, existe todavía la falta de recursos técnicos y financieros para la efectiva participación de las víctimas y comunidades étnicas, incluida la presentación de informes, la acreditación de las víctimas, la coordinación de los sistemas propios con el componente de justicia y el desarrollo de iniciativas de reparación.

La JEP avanza en sus 7 macrocasos, al menos tres de ellos en territorios étnicos (002, 003, 005), se prevé la apertura del macrocaso sobre desplazamiento forzado y violencia sexual. La Comisión Étnica de la JEP está considerando la importancia de integrar un macro caso étnico para Chocó.

La CEV presentará su informe final, con un énfasis en el capítulo étnico, al final de su periodo el 28 noviembre de 2021, aunque todavía se espera de una posible extensión de su mandato. La UBPD avanza en la implementación de los capítulos étnicos del Plan Nacional de Búsqueda y cuenta con representación étnica en el Consejo Asesor de la Dirección General de la UBPD.

En cuanto a las medidas de fortalecimiento en materia de reparación integral para la paz no se han adoptado, ninguno de los 496 Sujetos de Reparación Colectiva, SRC, étnicos reportados por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, UARIV, ha finalizado el proceso de reparación, y tan solo 52 cuentan con planes de reparación protocolizados.

Existen aún profundas dificultades, para el caso de la Ley 2078 del 8 de enero de 2021 extendió hasta 2031 la vigencia de los decretos ley étnicos sin embargo el nuevo CONPES (4031 de 2021) con la política de víctimas no solo no fortalece la política de reparación, sino que disminuye el monto de los recursos asignados. En términos étnico no se ha avanzado en la coordinación entre la política de víctimas del SIVJRNR y las políticas del Acuerdo de Paz, en particular la articulación de Reparación y PDET.

Los compromisos para la garantía de los derechos humanos establecidos en el PMI que deberían estar cumplidos a 2018 en materia étnica no han sido cumplidos; no se han incluido de forma integral las variables étnicas en el Sistema Nacional de Información, ni se realizó el Plan Nacional de Derechos Humanos étnico racial acordado. Se anuncia que en 2021 se realizará el referido plan, pero no se ha establecido ni la ruta de participación y consulta, ni un proceso de articulación y trabajo con la IEANPE.

Punto 6. Implementación, verificación y refrendación

En el punto 6 del Acuerdo de Paz incluye el Capítulo Étnico y la creación de la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos, IEANPE, ésta última tiene la responsabilidad de hacer seguimiento de la implementación del Capítulo Étnico y los demás acuerdos contenidos en el Acuerdo de Paz. La IEANPE tiene como funciones, actuar como consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final, CSIVI.

Gráfico No. 10: Temas prioritarios desde el enfoque étnico en el Punto seis (6) del Acuerdo de Paz

 

Fuente: FISCH basado en el punto 6 del Acuerdo Final de Paz

 

En la siguiente tabla puede evidenciarse que es bajo el nivel de implementación del Capítulo Étnico y la implementación es medio en la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos, IEANPE, como se señala a continuación:

 

Tabla 9: Balance de la implementación – Punto seis (6) sobre Implementación, Verificación y Refrendación 

 

Metas propuestas Implementación
Instancia Especial de Alto Nivel para Pueblos Étnicos, IEANPE Medio
Capitulo Étnico Bajo

Fuente: FISCH basado en el PMI y el punto seis del Acuerdo Final de Paz

 

  1. Capítulo Étnico

El Capítulo Étnico se encuentra incorporado en el punto 6 del Acuerdo Final sobre Implementación y Verificación, pero este también se transversaliza en cada punto del acuerdo; es por ello, que cada punto tiene la visión étnica en las propias metas trazadoras e indicadores desarrollados en el Plan Marco de Implementación, PMI. En este punto del acuerdo, se tienen 6 metas trazadoras y los 8 indicadores desarrollados.

Según el Instituto Kroc, el subtema que se refiere al Capítulo Étnico está compuesto por 13 disposiciones de las cuales siete (54%) no han iniciado implementación, cuatro (31%) están en un nivel de implementación mínima y dos (15%) se encuentra en una etapa de implementación intermedia[48].

El Foro Interétnico Solidaridad Chocó-FISCH como plataforma de organizaciones étnico territoriales y de la sociedad civil y organizada del Chocó considera poco el avance en materia de implementación y verificación, dado que la mayoría de metas e indicadores no cuentan con una ruta definida que proyecte su cumplimiento.

Hallazgos:

El nivel de la implementación del Capítulo Étnico es bajo, debido que después de cinco años de firmado el Acuerdo de Paz, el 50% de las disposiciones bajo la visión étnico no ha iniciado y el 31% se mantiene en un estado de implementación mínima, es decir que, más del 80% de los compromisos pactados en el capítulo Étnico no se ha cumplido.

En el 2021, no se conoció exactamente la asignación presupuestal aprobada para la implementación y la desagregación específica para el Capítulo Étnico. En cuanto a la financiación de la implementación del Acuerdo Paz, el Congreso aprobó el Presupuesto General de la Nación para el 2021 por un valor de $313,9 billones, en la que no incluye el anexo del Trazador Presupuestal para la Paz, en consecuencia, no se establece la asignación aprobada para la implementación. Según el proyecto la asignación es de 10,7 billones, un 9 % de aumento con relación al año anterior, pero menor al 15,5% que creció el presupuesto global.

La CSIVI no ha establecido los parámetros para que el gobierno haga el examen del Plan Marco de Implementación. Frente a ello FARC-CSIVI insiste en este sentido con base en que hay puntos del PMI que necesitan mayor desarrollo técnico, ya que hay nuevas condiciones presupuestales, territoriales e institucionales

Se evidencia poco avance en la Implementación del Acuerdo Final, teniendo en cuenta los diferentes los indicadores, productos, programas y metas trazadoras definidos en el PMI.

Persiste la situación donde no se encuentran todas las fichas técnicas de los indicadores, para realizar su medición generando un rezago, de los 97 indicadores se han implementado 70 al corte de diciembre del 2.020. Los otros restantes no se indica que están en construcción, no se menciona el plan de acción para su finalización.

  1. La Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos, IEANPE

El Derecho de participación de las organizaciones étnicas se previó con la IEANPE, creada por el artículo 7° del Decreto 1995 de 2016, con las funciones de consulta, representación e interlocución ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz, CSIVI. La IEANPE fue fruto de la negociación entre el Gobierno Nacional, la FARC-EP y organizaciones representativas de los Pueblos Étnicos, está contemplada en el Acuerdo Final de Paz.

La IEANPE está integrada por 6 hombres y dos mujeres representantes de ocho organizaciones étnicas que son: la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC, el Proceso de Comunidades Negras, PCN, y la Asociación de Afrodescendientes Desplazados, AFRODES, estos dos últimos a su vez pilares del Consejo Nacional de Paz Afrocolombiano (CONPA), la Coordinadora Nacional de Pueblos Indígenas de Colombia (CONPI), la Coordinación Nacional de Organizaciones y Comunidades Afrodescendientes (CONAFRO) y la Federación de Mineros del Chocó (FEDEMICHOCO), que integran la Coordinadora Étnica Nacional de Paz – CENPAZ.

Gráfico No. 11: Creación de la IEANPE

Fuente: Corporación Colombia Forjando Paz. Pazografía – IEANPE.

 

A la fecha, el funcionamiento de la Instancia Étnica ha sido limitado debido a la falta de financiamiento, la falta de un plan de trabajo concertado, y la falta de claridad acerca del alcance de su mandato, especialmente en relación con otras instancias previamente establecidas. Así mismo, existen dinámicas políticas internas que dificultan la cohesión y trabajo conjunto de la misma Instancia.

El Foro Interétnico Solidaridad Chocó-FISCH como plataforma de organizaciones étnico territoriales y de la sociedad civil organizada del Chocó ve preocupante que no se establezcan mecanismos de interlocución regular con la CSIVI. Incluso durante las conversaciones sobre indicadores étnicos para el PMI, se llevaron a cabo conversaciones directamente con el Gobierno, y no necesariamente con la CSIVI.

Así mismo, persiste la preocupación si no hay una interlocución fluida entre las dos instancias especiales. Las mujeres de la Comisión Étnica para la Paz y la Defensa de los Derechos Territoriales, rurales y urbanos, resaltan que esto limita la posibilidad de un seguimiento interseccional, como lo estipula el protocolo de funcionamiento de la Instancia Étnica 503 y por consiguiente tiende a reproducir la invisibilización y exclusión de las mujeres afro, indígena y Rrom.

En ese mismo sentido el FISCH ve con preocupación el poco avance en la implementación del Capítulo Étnico y la falta de voluntad del gobierno nacional para brindar las garantías para el funcionamiento de la IEANPE. por eso “Instamos al gobierno Nacional, Departamental y Municipal a que reconozca a la Alta Instancia Étnica como interlocutora de primer orden en el proceso de implementación y a que garantice su funcionamiento.

No se trata solo de compromiso escrito en un documento histórico, sino de una necesidad urgente de inclusión social étnica para la mayor legitimidad y eficacia del proceso de paz en el país y en especial en las 5 subregiones del Departamento del Chocó.

Hallazgos

La IEANPE es calificado con un estado de implementación medio, aunque desde su creación ha contado con muchas dificultades para su funcionamiento, al no contar con las garantías suficientes para el ejercicio de su labor, son varios de los logros de la Instancia, como son: i) visibilidad étnica para la paz, ii) la difusión de saberes y el diálogo intercultural nación – territorio; y iii) el diálogo intercultural con enfoque de Derechos Humanos, género, mujer, familia y generación.

A finales del año 2021, la IEANPE presentó su primer informe oficial denominado “informe de seguimiento, impulso y verificación a la implementación del capítulo étnico del acuerdo final para la transformación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”, como conclusión del informe se establece que el en el balance realizado por la IEANPE identifica una falta de resultados e impacto en la implementación de los compromisos del Acuerdo de Paz, en especial del capítulo étnico del PMI.

Tercera Parte: Conclusiones y hallazgos

Conclusiones

Durante años los pueblos étnicos del Chocó se han caracterizado por mantener una actitud activa en la construcción de paz territorial, de manera específica poseen la Agenda regional e interétnica y el Acuerdo Humanitario Ya en el Chocó, así mismo, existe un relacionamiento intrínseco con el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz, esto ha permitido que las organizaciones socio territoriales mantengan un liderazgo intrínseco en el camino hacia la paz estable y duradera para el Chocó y el país.

Para el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, como plataforma de organizaciones étnico territoriales y de la sociedad civil y organizada del Chocó, considera muy poco el avance en materia de implementación y verificación, dado que la mayoría de las salvaguardas, metas e indicadores no cuentan con una ruta definida que proyecte su cumplimiento, esto genera una exacerbación del conflicto armado que se vive en el territorio del Chocó, lo que genera una responsabilidad directa del Estado colombiano y el gobierno actual frente a la infracción de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

El presente balance de implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz en el departamento del Chocó, tuvo en cuenta las salvaguardas y los seis puntos, como resultado se tienen evaluadas, las cuatro salvaguardas y 11 metas, el 60% de éstas se encuentran sin ninguna evidencia en su implementación, el 20% tienen una baja certeza en su implementación y en el otro 20% se encuentra una mediana demostración de implementación, cabe resaltar que no existe alguna meta que haya recibido la calificación de completa implementación.

Las cuatro salvaguardas del Capitulo Étnico entendidas como los aspectos substanciales para la interpretación e implementación de todo el Acuerdo Final de Paz, tres de ellas presentan un balance sin ninguna evidencia de implementación, y una de ellas se encuentra en estado de implementación baja, los resultados de este balance en cuanto a las salvaguardas evidencian que existe un alto riesgo de regresividad de los derechos colectivos alcanzados, por lo tanto, se genera una alerta inminente para que los gobiernos municipales, el departamental en Chocó y el nacional inicien la ruta del cumplimiento, teniendo como base los aspectos substanciales del Capítulo Étnico.

Los puntos 1, 5 y 6, correspondientes a la Reforma Rural Integral, el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJRNR, y la IEANPE, son las metas atribuibles a la calificación mediana. Sin embargo, es pertinente aclarar que la calificación fue otorgada en base al avance principalmente en la formulación de los programas, más no en la implementación en cada uno de ellos. Por ejemplo, para el caso de los PDETs Chocó, aunque se establece que las comunidades participaron en la fase de concertación de la ruta étnica y construcción de los pactos comunitarios y municipales, se encuentran fallas en el proceso de priorización para el periodo 2020-2021 ya que, según lo establece el informe de seguimiento PDET Chocó realizado por el FISCH, las gestiones fueron realizadas entre los gobiernos territoriales y la ART sin un proceso de participación real con las comunidades y autoridades étnicas involucradas.

Es preocupante que los puntos 2, 3 y 4 que comprenden la participación política, el fin del conflicto y solución al problema de drogas de uso ilícito respectivamente, se encuentren sin ninguna evidencia en su implementación.

Teniendo en cuenta lo anterior, se concluye que:

  1. No existe un trabajo institucional a nivel territorial que sea significativo en términos del cumplimiento de los compromisos pactados en el Acuerdo;
  2. No hay presupuestos orientados y acordes con las necesidades territoriales para la implementación efectiva del enfoque de género, por parte del gobierno nacional y sus instituciones;
  3. Existen falencias estructurales en relación con la atención, acompañamiento y seguimiento, de los procesos de las mujeres étnicas. Se identifica que, a nivel territorial las instituciones no han incorporado en sus planes de acción, los indicadores de cumplimiento establecidos en el Acuerdo de Paz del enfoque de género del Capítulo Étnico;
  4. El incumplimiento institucional, está relacionado directamente con la falta de voluntad política, ya que no se están materializando los derechos fundamentales de las mujeres;
  5. Faltan canales de comunicación, articulación y concertación con las instancias creadas para el seguimiento y monitoreo de los compromisos pactados para el enfoque de género. No se está garantizando la participación efectiva de las mujeres étnicas (mujeres indígenas, negras, afrocolombianas raizales y palanqueras).

 

Hallazgos

 

Salvaguardas

Los informes gubernamentales y no gubernamentales que recogen acciones relacionadas con el derecho a la Consulta y Consentimiento Previo, Libre e Informado de los pueblos étnicos,  relacionan las consultas como compromisos cumplidos, sin mayor detalle que permita confrontar la veracidad de la información, la comunidad beneficiaria, el territorio étnico, el presupuesto asignado y ejecutado, la ruta concertada de la consulta previa, los actores que participaron en dichas consultas, el acatamiento a los estándares constitucionales e internacionales, respetando su carácter principal y no subsidiario, como lo exige el capítulo étnico de paz, es por ello que el balance es sin ninguna evidencia de avance en la implementación.

En ninguno de los informes de las entidades de gobierno responsables de la implementación del Acuerdo de Paz, relaciona el Derecho a la Objeción Cultural, no dan cuenta de acciones concretas y/o presupuestos asignados o ejecutados, por tanto, no existe evidencia en su implementación.

En el principio de progresividad y no regresividad el balance determina que, la violencia exacerbada y la crisis humanitaria declarada en el Chocó es muestra evidente de que esta salvaguarda no se aplica.

El enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación, en el caso particular, el capítulo étnico y los seis puntos del Acuerdo de Paz incluyen medidas los seis puntos del Acuerdo. Sin embargo, se tiene una baja evidencia de la implementación étnica en perspectiva de género, dado que no se tienen datos cualitativos o cuantitativos concretos que corroboren avances significativos en el departamento del Chocó, en ese sentido, se observa un vacío en cuanto a la implementación de esta salvaguarda.

Punto 1

Uno de los principios de la Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó está relacionada con la Territorialidad, allí se define el Territorio como el elemento estructurante de la identidad de sus pobladores, por tanto, Territorio e Identidad, deben ser los principios rectores del modelo de desarrollo que se implemente en la región. En el Chocó el acceso de tierras colectivas tiene pendiente las solicitudes realizadas por los Consejos Comunitarios Vuelta Mansa y Santo Domingo, desde los años 2013 y 2014, por cerca de 2800 hectáreas.

En relación con la resolución de conflictos territoriales en el Chocó la implementación es inexistente, incluso puede apreciarse regresividad, dado que el principal conflicto territorial sigue asociado a la guerra ya que después de la firma del Acuerdo de Paz, en este territorio los actores armados, inician la disputa por el control de los corredores estratégicos, rutas de narcotráfico, posicionamientos en puntos clave del territorio, en búsqueda de hegemonizar economías lícitas e ilícitas.

La implementación del catastro multipropósito en el Chocó, el balance es bajo ya que no se registran mayores avances, aunque fueron incorporados como parte de una iniciativa regional en el marco del Plan de Acción para la Transformación Regional, parte del PEDET Chocó.

El balance de la implementación para el PDET Chocó es medio, sí bien es cierto que las comunidades participaron en la fase de concertación de la ruta étnica y construcción de los pactos comunitarios y municipales, no sucedió así en el proceso de priorización para el periodo 2020-2021, realizada entre los gobiernos territoriales y la ART sin un proceso de participación real con las comunidades y autoridades étnicas involucradas. Esto no permitió, según las autoridades étnicas, una priorización aterrizada a las demandas actuales de las comunidades que, tienen en cuenta las dinámicas propias de los pueblos étnicos en términos de etnodesarrollo, construcción de paz y fortalecimiento de los gobiernos propios. Esto ha conducido, entre otras graves fallas, a la falta de interlocución y concertación con los pueblos étnicos y sus representantes en la fase de formulación, estructuración y ejecución de los proyectos a desarrollar en las comunidades.

Punto 2

Aunque los espacios creados en el Chocó existen, el balance se registra sin ninguna evidencia de implementación, ya que no se muestran avances en las garantías para la participación política y la protección de líderes y lideresas con enfoque étnico, por parte del Estado en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz y el Capítulo Étnico, lo cual se debe en gran medida al poco avance general de la implemen­tación del punto dos.

 

En relación con la protección de líderes y lideresas hay una fuerte alerta y se manifiesta regresividad, debido al aumento del asesinato de líderes y lideresas sociales del país, en particular de las comunidades étni­cas. Aunque se determina que existen medidas colectivas de protección, éstas no han estado articuladas con los sistemas propios de protección de las comunidades étnicas. Por lo menos 982 líderes, lideresas sociales y autoridades étnicas fueron asesinados entre enero de 2012 y junio de 2021.  En datos del Observatorio de DDHH, Conflictividades y Paz, del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, INDEPAZ, en el Chocó en lo corrido del año 2021, han sido asesinados diez (10) líderes y líderesas étnicos, siete (7) corresponden a indígenas y tres (3) afrodescendientes.

Punto 3

Trascurrido más de (2) años desde la entrega del censo socioeconómicos realizado por la Universidad Nacional, el cual contiene la información requerida para facilitar el proceso de reincorporación integral de las FARC – EP a la vida civil, no existe evidencia de la construcción e implementación de una política de reincorporación efectiva que incluya el enfoque étnico y de género, como lo establece el Acuerdo Final, esto aplica a nivel nacional y para el departamento del Chocó.

En relación con las garantías de seguridad y protección, no existe ninguna evidencia en la implementación para los pueblos étnicos, por el contrario, existe una máxima alerta de regresividad a los derechos fundamentales de los pueblos étnicos vinculados con el exterminio físico y cultural de las comunidades étnicas, dado que la situación humanitaria se ha recrudecido en varios de los territorios de pueblos indígenas, negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros, entre ellos los territorios del departamento del Chocó, lo que debilita los esquemas de seguridad brindados a los pueblos étnicos.

Punto 4

La meta de este punto del Acuerdo de Paz, se considera sin ninguna evidencia, debido al actual estancamiento en la implementación de los PNIS, esto se atribuye principalmente a la poca voluntad política del actual gobierno nacional, ya que ha preferido por distintas vías seguir priorizando y posicionando en el debate la erradicación forzosa y la fumigación por aspersión aérea con glifosato; lo anterior se encuentra atravesado por el crecimiento sostenido de las distintas estructuras armadas en los territorios, entre ellas la fuerza pública, genera vulneraciones a los derechos de las comunidades, en ese sentido se evidencia un incremento de las violencias contra líderes y lideresas sociales, defensores y defensoras de Derechos Humanos.

El Foro Interétnico Solidaridad Chocó – FISCH considera que la problemática de drogas ilícitas ha sido un factor fundamental en las dinámicas del conflicto armando en las 5 subregiones del departamento del Chocó. El cultivo, la producción y comercialización de la coca ha sido una fuente de financiación de grupos armados ilegales y de organizaciones criminales. La guerra contra las drogas ilícitas es fuente inminente de riesgo y amenaza para el goce efectivo de los derechos colectivos e individuales de los pueblos étnicos.

Es pertinente reiterar que, no existe ninguna evidencia en la implementación del programa de desminado humanitario, acordada con los grupos étnicos, por lo tanto, puede concluirse que es casi nulo los avances en las jornadas de desminado en los territorios afectados, ya que la intensificación del conflicto armado en los territorios no permite el acceso de la institucionalidad.

Punto 5

El balance de la implementación es evaluada como media, ya que, aunque las entidades que componen el SIVJRNR han avanzado en el cumplimiento de la salvaguarda para respetar el ejercicio de las autoridades étnicas dentro de su ámbito territorial, entre otras, a través del reconocimiento de los Resguardos y Consejos Comunitario como sujetos colectivos y garantizando la participación directa de comunidades y representantes en las instancias del Sistema, también se incluyó el diseño de protocolos en la JEP, la metodología en la La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, CEV y los planes étnicos en la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, UBPD.

Luego de un minucioso seguimiento al cumplimiento de los mecanismos establecidos en el SIVJRNR, el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, observa un importante rezago en la materialización de los derechos de las víctimas en las 5 subregiones del Departamento del Chocó, en ese sentido, el FISCH considera que, la debida aplicación del Plan Marco de Implementación del Acuerdo de Paz generaría las vías adecuadas que permitirían subsanar las deficiencias institucionales en la garantía del Goce Efectivo de Derechos de las víctimas étnicas, convirtiéndose en un mecanismo de confianza y gobernabilidad democrática en los territorios.

 

Punto 6

El nivel de la implementación del Capítulo Étnico es bajo, debido que después de cinco años de firmado el Acuerdo de Paz, el 50% de las disposiciones bajo la visión étnico no ha iniciado y el 31% se mantiene en un estado de implementación mínima, es decir que, más del 80% de los compromisos pactados en el capítulo Étnico no se ha cumplido.

La IEANPE es calificado con un estado de implementación medio, aunque desde su creación ha contado con muchas dificultades para su funcionamiento, al no contar con las garantías suficientes para el ejercicio de su labor, son varios de los logros de la Instancia, como son: i) visibilidad étnica para la paz, ii) la difusión de saberes y el diálogo intercultural nación – territorio; y iii) el diálogo intercultural con enfoque de Derechos Humanos, género, mujer, familia y generación.

 

 

 

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Normatividad y Jurisprudencia

 

Auto 004 de 2009

Auto 005 de 2009

Auto 620 de 2017

Decreto 2897 de 2011

Decreto 362 de 2018

Decreto 1995 de 2016

Decreto Ley 896 de 2017

Ley 2ª de 1959

Sentencia C-493 de 2017

Sentencia T 622 de 2016

Sentencia T-025 de 2004

Sentencia T-955 de 2003

 

 

[1] Se debe tener en cuenta que en el Chocó los ríos han articulado los ejes del poblamiento, de la vida

productiva y social.

[2] Los puntos del Acuerdo Humanitario Ya Chocó son: (1)Cese bilateral al fuego, (2).Desmonte de estructuras de grupos armados ilegales, (3)Respeto a la autonomía territorial, derecho propio y respeto de los espacios sagrados de las comunidades, (4) Minas antipersonales y desminados humanitarios, (5) Permanencia de ambas partes en la Mesa de negociación para la solución política dialogada, definitiva y no militar, (6) Reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, (7)Violencia contra las mujeres y comunidad LGBTI, (8) Asesinatos y desapariciones forzadas, (9) Desplazamientos y confinamientos de poblaciones, (10)Cese a la siembra de cultivos de uso ilícito y a las prácticas de minería, (11) Seguimiento y verificación.

[3] El PMI es el instrumento que orienta las políticas públicas requeridas para el cumplimiento del Acuerdo Final, contiene el conjunto de pilares, estrategias, productos, metas trazadoras e indicadores necesarios para la implementación del Acuerdo Final. Fue adoptado a través del CONPES 3932 de 2018 “Lineamientos para la articulación del plan marco de implementación del acuerdo final con los instrumentos de planeación, programación y seguimiento a políticas públicas del orden nacional y territorial”, este instrumento facilita el seguimiento a la implementación y la inclusión de los componentes de paz dentro de los Planes Nacionales de Desarrollo.

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[4] Romaña O. Jhon F., (2019). Consulta previa en la reparación colectiva en Consejos Comunitarios de Bojayá – Chocó. Tesis de Maestría en Educación y Derechos Humanos. Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín.

[5] Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas, SNARIV, (2021). Instalan seis procesos de consulta previa con sujetos de reparación colectiva étnicos en el Valle y Chocó. 24 de Junio de 2021. Para mayor información consultar http://www.portalsnariv.gov.co/node/1726

[6] El Taita Lorenzo Muelas concibió como complementario el derecho que las comunidades indígenas tienen a través de sus autoridades «a concertar toda decisión referente a los proyectos, planes de desarrollo o de explotación de los recursos naturales y del subsuelo que se encuentre en sus resguardos y territorios tradicionales», y que de no llegar a un acuerdo con el Estado, los pueblos tendrían el derecho a objetar proyectos en sus territorios. Asamblea Nacional Constituyente. Proyecto de Reforma Constitucional # 83 del 8 de marzo de 1991, radicado ante la Secretaría General por el constituyente taita Lorenzo Muelas Hurtado del Pueblo Misak.

[7] Corte Constitucional de Colombia. (2016). Sentencia T622 del año 2016 sobre el “Caso de comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato y manifiestan afectaciones a la salud como consecuencia de las actividades mineras ilegales”, págs. 47-48.

[8] Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH, (2015). Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó. Pág 10.

[9] Periódico El Tiempo. (2019). El debate nacional por puerto que causaría tragedia ambiental en Chocó, Comunidad dice que generaría devastación ambiental. Gobierno afirma que se promoverá desarrollo.

[10] Humanas Colombia – Centro regional de derechos humanos y justicia de género. (2019). Herramienta de seguimiento territorial a la Implementación de las medidas de género del Acuerdo de Paz – El Chocó. Páginas 9-10.

[11] Comité De Seguimiento Al Acuerdo Humanitario ¡Ya! en el Chocó (Mayo 2019). Segundo informe de seguimiento al acuerdo humanitario ya en el chocó. Páginas 9 -10

[12] Comité De Seguimiento Al Acuerdo Humanitario ¡Ya! en el Chocó (Mayo 2019). Segundo informe de seguimiento al acuerdo humanitario ya en el chocó. Páginas 10-13

[13] Observatorio de Derechos Territoriales. Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas. (Junio 2020). “Informe estado actual de las solicitudes de formalización de territorios indígenas 2019. Páginas 13-19.

[14] Observatorio de Derechos Territoriales. Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas. (Junio 2020). “Informe estado actual de las solicitudes de formalización de territorios indígenas 2019. Páginas 21-25.

[15] Comisión Étnica para la Paz y la Defensa de los Derechos Territoriales en Colombia. (Marzo 2019). 1er informe de cumplimiento del Capítulo Étnico en el marco de la implementación del Acuerdo Final de Paz entre el gobierno de Colombia y las FARC-EP. Páginas 22-23.

[16] Proceso de Comunidades Negras, PCN. (Junio 2021). Las 401 solicitudes colectivos afros que están sin resolver.

[17] FISCH y Mesa Indígena del Choco. (Marzo 2021). “El Baudó entre las cordilleras y las balas”, claves para entender la reciente crisis humanitaria del Baudó Chocó.

[18] El catastro con enfoque multipropósito es considerado como el inventario o censo basado en el predio, que integra los componentes físico, jurídico, fiscal, material y económico, para usos múltiples como: la gestión pública multisectorial, la formalización y seguridad jurídica de la propiedad inmueble, la transparencia y agilidad del mercado de tierras, la eficiencia en la gestión fiscal, la interoperabilidad entre sistemas de información y la disposición de información para la habilitación espacial de la sociedad. CONPES 3958 de 2019, página 71.

[19] Cálculos DNP con datos IGAC del primero de enero de 2018. En DNP. Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”.

[20] Memorias de Audiencia Étnica. Instancia Especial de Alto Nivel para los Pueblos Étnicos. (Junio 2018). Presentación: estado de avance de las concertaciones PDET enfoque étnico. Agencia de Renovación del Territorio.

[21] Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH. (Octubre 2021). Informe de seguimiento PDETE chocó, Plan de Acción para la Transformación Territorial – Subregión Chocó. Páginas 4-7.

[22] Foro Interétnico Solidaridad Chocó, FISCH. (Octubre 2021). Informe de seguimiento PDETE chocó, Plan de Acción para la Transformación Territorial – Subregión Chocó. Páginas 8-9.

[23] En el proceso de priorización hasta ahora adelantado la ART con la denominada “Estrategia de Incidencia del PDET” y la “Estrategia Nación Territorio”, reporta que tan solo han participado las alcaldías, las gobernaciones, las entidades nacionales y la cooperación internacional. Agencia de Renovación del Territorio. Avance en la Implementación del Componente Étnico de los PDET. Informe Ejecutivo a 30 de agosto de 2021. P., 9.

[24] Los departamentos invitados por la RTVC fueron: Amazonas, Arauca, Bogotá D.C, Bolívar, Caquetá, Cauca, Huila, La Guajira, Magdalena, Nariño, Putumayo, Sucre, Tolima y Valle del Cauca. Página web consultada en noviembre de 2021:                https://siipo.dnp.gov.co/detalleclasificaindicador/UEnhM6s8IBSKrLFq.

[25] El Espectador. (Noviembre 2021). La guerra y el clientelismo amenazan los liderazgos del Chocó. 8 de noviembre 2021.

[26] Contraloría General de la Republica. (Agosto 2018). Segundo informe al Congreso sobre la ejecución de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la paz del Plan Plurianual de Inversiones – 1 de enero 2017 a 30 de marzo de 2018 -. Págs. 63 – 67

[27] Contraloría General de la Republica. (Agosto 2018). Segundo informe al Congreso sobre la ejecución de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la paz del Plan Plurianual de Inversiones – 1 de enero 2017 a 30 de marzo de 2018 -, págs. 63 – 67.

[28] Verdad Abierta. (Octubre 2021). Una década de reconocimiento para los líderes sociales.

[29] INDEPAZ. (Noviembre 2021). Líderes sociales, defensores de DD.HH y firmantes de acuerdo asesinados en 2021. En Observatorio de DDHH, Conflictividades y Paz, del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz.

[30] Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. (2016). Páginas 77-92.

[31] Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. (2016). Página 208.

[32] Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento. (2020). Situación Humanitaria en Colombia durante el posconflicto: El liderazgo social es una actividad de alto riesgo. Sistema de Información sobre Derechos Humanos y Desplazamiento – SISDHES. [Infografía]

[33] Defensoría del Pueblo. (Septiembre 2021). Comunicado 169 de 2021. Quibdó (Chocó). Emergencia humanitaria en Chocó requiere intervención urgente.

[34] Defensoría del Pueblo. (Septiembre 2021). Comunicado 169 de 2021. Quibdó (Chocó). Emergencia humanitaria en Chocó requiere intervención urgente.

[35] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC. (Julio 2021).  Sistema Integrado de

Monitoreo de Cultivos Ilícitos, SIMCI, Monitoreo de territorios afectados por cultivos ilícitos 2020. (Bogotá: UNODC-SIMCI, 2021). Págs. 14-15.

[36] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC. (Julio 2021).  Sistema Integrado de

Monitoreo de Cultivos Ilícitos, SIMCI, Monitoreo de territorios afectados por cultivos ilícitos 2020. (Bogotá: UNODC-SIMCI, 2021). Págs. 19-25.

[37] Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, UNODC (Agosto 2020). Monitoreo Integral al Programa de Desarrollo Alternativo Informe Ejecutivo Consolidado No. 22 – Fecha de corte: 31 de agosto de 2020. Págs. 2-5.

[38] Fundación Paz y Reconciliación, PARES. (Enero 2021). Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito: un programa varado.

[39] Fundación Paz y Reconciliación, PARES. (Enero 2021). Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito: un programa varado.

[40] El Espectador. (Septiembre 2021). En desminado humanitario han muerto 18 indígenas en Chocó y Antioquia en 2021.

[41] Verdad Abierta. (Diciembre 2019). La continuidad de la guerra no permite desminado humanitario en Chocó,

[42] Verdad Abierta. (Diciembre 2019). La continuidad de la guerra no permite desminado humanitario en Chocó,

[43] El Espectador. (Septiembre 2021). En desminado humanitario han muerto 18 indígenas en Chocó y Antioquia en 2021.

[44] Centro de Investigación y Educación Popular, CINEP. (Septiembre 2020). La JEP y la Comisión de la Verdad recibieron informe sobre despojo y racismo en el Chocó.

[45] Fundación Paz y Reconciliación, PARES. (Febrero 2020). 700 familias del Chocó denuncian crímenes ante la JEP.

[46] Chocó7días. (Diciembre 2020). Cocomacia pide a la JEP que lo declare sujeto colectivo víctima del conflicto armado.

[47] El Espectador. (Julio 2020). En Chocó, los líderes sociales temen participar de procesos de la JEP por su seguridad.

[48] Kroc Institute for International Peace Studies. (Agosto 2021). Quinto informe: estado de la implementación a cuatro años de la firma.